VIVIENDA

Tu casero te puede engañar al no registrar tu fianza: "Hacienda me pide 670 euros"

Algunos propietarios se saltan su obligación de depositar el dinero de la fianza de los inquilinos en los organismos autonómicos, a pesar de que es obligatorio y gratuito

Pisos de alquiler en Les Corts o Sarrià.

Pisos de alquiler en Les Corts o Sarrià. / ÁNGEL GARCÍA

Ana Ayuso

Ana Ayuso

Lola (nombre ficticio para salvaguardar el anonimato de la afectada) alquiló un piso en Madrid en el verano de 2020 con una amiga. Al entrar, ambas pagaron los 900 euros del mes corriente, un mes de fianza y el mismo monto más IVA como honorarios de la agencia que gestionó el contrato de arrendamiento. Como es habitual, en 2022 presentó su correspondiente declaración de la Renta, en la que marcó la casilla 1043, correspondiente a la deducción autonómica por el alquiler de la vivienda habitual. Finalmente, su declaración, gracias a esta ayuda, le salió a devolver.

Durante el segundo semestre del año, estuvo esperando un ingreso de Hacienda que nunca llegó. Lo que sí recibió fue una reclamación de la propia Agencia Tributaria. La administración le pedía a Lola que devolviese 662,16 euros en concepto de regularización de una deducción de la que no podía ser beneficiaria, es decir, el dinero que le salía a pagar sin la ayuda de la Comunidad de Madrid, a lo que se sumaban los intereses, otros 14,36 euros. El perfil de Lola se ajustaba perfectamente al del receptor de este tipo de subsidio: tiene menos de 35 años y su renta no superaba los 25.620 euros en tributación individual que marcan el tope.

Se preguntó entonces qué había sucedido y observó que Hacienda le solicitaba que presentase el resguardo de la fianza, que la inmobiliaria se comprometió en el texto de su contrato de arrendamiento a ingresar en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (AVS), antes conocida como Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA). Habló en varias ocasiones con el gestor de la inmobiliaria para que le proporcionase ese documento antes de que se le pasase la fecha límite de diez días hábiles. Éste alegó que no encontraba el papel y Lola no pudo enviárselo a Hacienda. Lo que sí remitió fueron los abonos de las doce mensualidades, el contrato de arrendamiento y el justificante de la deducción que, finalmente, no sirvieron para nada.

Me fie de la inmobiliaria, les pagué su comisión, no hicieron su trabajo y, ahora, la perjudicada soy yo"

— Lola, afectada por el impago de la fianza

"Me siento engañada. Hacienda me ha pedido casi 700 euros por una gestión que yo no tenía que realizar. Me fie de la inmobiliaria, les pagué su comisión, no hicieron su trabajo y, ahora, la perjudicada soy yo", declara Lola en una conversación con EL PERIÓDICO DE ESPAÑA. Esta ayuda, según explican desde la AVS, "es para gente con muy pocos recursos". En concreto, Lola estaba destinando únicamente para el alquiler de ese piso en el que ya no vive -sin contar las facturas asociadas a los consumos de luz y Wifi- más de un tercio de su salario. "Había conseguido ahorrar con mucho esfuerzo un dinero que se ha esfumado de un plumazo", se lamenta.

Llevarse el alquiler 'en negro'

La AVS funciona como un banco donde se deposita la fianza y se devuelve al propietario una vez se haya rescindido el contrato de arrendamiento. Si el casero no deposita la fianza en el organismo autonómico que corresponde, "está cometiendo una infracción administrativa y puede ser sancionado", avisa Emilio Rojas, abogado especialista en arrendamientos urbanos. En el caso de Madrid, ese castigo asciende al 20% del importe de la fianza más el depósito de la misma. Este tipo de faltas son "muy habituales, una pelea diaria", reconoce. Por ello, Andrés Toledo, gerente de la Gestoría eMadrid, recomienda a los inquilinos "pedir ese resguardo antes de hacer la declaración de la Renta".

Depositar la fianza es gratuito y el arrendador dispone de 30 días naturales desde la fecha de inicio del alquiler, que aparece en el contrato, o desde la fecha de entrada en vigor del mismo para hacerlo. Tomar la decisión de no ingresar la fianza, dicen en la AVS, "perjudica también al propietario porque tampoco se deduce" el dinero que recibe por el alquiler de la vivienda. Hay tres razones por las que el casero podría decidir no llevar a cabo este trámite: por desconocimiento de sus deberes, porque no quiere desprenderse del dinero en ese momento o para llevarse 'en negro' el importe del alquiler. "Si el arrendador ya tiene pensado que en su declaración de la Renta no va a declarar el alquiler, que lo tiene que hacer, no va a depositar la fianza en el organismo autonómico, porque Hacienda se daría cuenta", añade Emilio Rojas.

El antiguo IVIMA obliga al propietario, casero o agencia a ingresar la fianza y, si no lo hace, "la manera de descubrirlo es cuando Hacienda cruza" por el camino del inquilino al revisar su declaración de la Renta. Desde la Agencia Tributaria señalan que, "cuando no se ha depositado [la fianza] y la deducción autonómica lo exige, no se cumple el principio para poder cobrar la deducción".

Denunciar al casero

Lola confió en que la inmobiliaria, como mediador, o su casero, como responsable ante la administración pública, realizase ese trámite. La única opción que tenía esta afectada cuando recibió la primera notificación de Hacienda, en la que le reclamaba la documentación, era presentar una denuncia administrativa ante la AVS para que este organismo sancionase al propietario por no depositar la fianza. El justificante de esa queja "también vale" como prueba de que ha vivido en ese piso, aseguran desde la Agencia Tributaria. El antiguo IVIMA cuenta con un Servicio de Inspección que abre un expediente cuando se presenta una denuncia administrativa.

Lola no lo hizo. Esperó a que un agente inmobiliario le enviase la documentación y, mientras tanto, recopiló el resto de papeles que pedía Hacienda. Pensaba que todo se había solucionado cuando, ya un mes después, la Agencia Tributaria avisó de que ejecutaría una liquidación preventiva. Le tocaba pagar y lo hizo. Ahora, su única opción es acudir a la vía judicial para demandar por lo Civil a su antiguo casero por daños y perjuicios. Un procedimiento de este tipo se alargaría unos "seis u ocho meses de media", calcula el abogado.

Continuar por la vía administrativa, enviar un escrito a Hacienda diciendo que el inquilino actúa de buena fe o iniciar un recurso administrativo, podría "eternizarse y no va a salir", considera Rojas. "Realmente, no es justo, pero está establecido así", exponen desde la Gestoría eMadrid. "Al final, siento que mi casero se ha beneficiado y que yo he salido mal parada", sentencia.