CANARIAS
La Justicia establece la protección cautelar del monumento a Franco en Santa Cruz de Tenerife
El TSJC estima el recurso presentado por la Asociación San Miguel Arcángel, que reclama la declaración de la escultura como Bien de Interés Cultural
Eloísa Reverón
El Tribunal Superior de Justicia (TSJC) ha establecido la protección cautelar del monumento a Franco situado en la avenida de Anaga, en Santa Cruz de Tenerife, impidiendo así su eliminación hasta que se resuelva el procedimiento judicial abierto sobre la posible declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) del mismo, por parte del Cabildo.
En concreto, el TSJC ha estimado el recurso presentado por la Asociación para la Investigación y Protección del Patrimonio Histórico San Miguel Arcángel, que defiende el interés cultural de la estatua realizada por el artista Juan de Ávalos García-Taborda. Por lo tanto, de momento, el monumento a Franco ubicado en la confluencia de la Rambla de Santa Cruz y la avenida de Anaga, denominado Monumento del Ángel, no podrá ser derribado a pesar de estar incluido en el catálogo de vestigios franquistas de la capital tinerfeña elaborado por el Gobierno de Canarias.
El pasado 9 de marzo de 2022, el Cabildo de Tenerife dictó una resolución denegando la incoación del expediente de declaración como BIC de este monumento, solicitada por la citada asociación, protección que también había reclamado la Real Academia Canaria de Bellas Artes de San Miguel Arcángel. La Corporación insular alegó que había decidido no elevar al Gobierno regional la declaración de Bien de Interés Cultural de la escultura por "carecer de valores artísticos excepcionales". Indicó que tanto el estudio realizado por la Universidad de La Laguna como el informe de la Unidad Técnica de Patrimonio Histórico habían sido "determinantes" para tomar tal decisión.
La Asociación San Miguel Arcángel también acudió a la Justicia para exigir la tramitación del expediente de la declaración de BIC del monumento a Franco de Santa Cruz, solicitando la medida cautelar para "dejar en suspenso la resolución del Cabildo". Sin embargo, el Juzgado número 3 desestimó esta petición. La asociación presentó un recurso de apelación, que es el que ahora ha estimado el TSJC, estableciendo la protección cautelar de la escultura "en tanto se discute el fondo de la cuestión", es decir, el posible interés cultural de la misma.
En la sentencia se indica que no se está discutiendo la confrontación del monumento con la Ley de Memoria Histórica, "algo que generaría una indudable apariencia de buen derecho a favor de la administración", sino el posible interés cultural que pueda tener, "toda vez que es la propia Ley de Memoria Democrática la qe pone freno a posibles excesos que pretendan la destrucción de algo que se considere de interés cultural o artístico". La Sala recuerda que la ley prevé la posibilidad de reinterpretación o resignificación del monumento "en otro sentido al que pudiera tener como monumento franquista".
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