CANARIAS

El veto a las mujeres de la cofradía de la Esclavitud del Cristo de La Laguna llega al Tribunal Constitucional

María Teresita Laborda presenta un recurso tras la sentencia en la que el Tribunal Supremo avaló la exclusión femenina en la cofradía que custodia al Cristo lagunero

Una procesión del Cristo de La Laguna y su Esclavitud.

Una procesión del Cristo de La Laguna y su Esclavitud.

Domingo Ramos

María Teresita Laborda, la mujer que lleva años intentando conseguir el acceso femenino a la Esclavitud del Santísimo Cristo de La Laguna, ha optado por recurrir ante el Tribunal Constitucional. Esta decisión, confirmada este lunes a El Día, medio que pertenece al mismo grupo editorial que este diario, por la propia Laborda, llega tras la sentencia en la que el Tribunal Supremo avaló la exclusión de las mujeres de una hermandad católica que se encarga de la custodia del Cristo de La Laguna, una de las imágenes religiosas que despiertan una mayor devoción en Canarias. "Estamos pendientes de notificación del Tribunal Constitucional, porque el proceso lleva unos trámites una vez que se presenta", detalló Laborda.

Fue en enero cuando se conoció que la Sala Primera del Alto Tribunal había estimado el recurso interpuesto por la citada cofradía –y al que se adhirió el Obispado de Tenerife– contra una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Días después, Andrea Cáceres, la abogada de María Teresita Laborda, avanzó que estaban estudiando presentar un recurso de amparo a pesar de que el Constitucional solo admite a trámite el 1,6% de los que recibe. Y la decisión final ha sido la de dar ese paso. Tienen a su favor la repercusión con la que ha contado el caso a escala nacional. 

Como se recordará, el fallo judicial del Supremo aborda un conflicto entre los derechos fundamentales de igualdad, de no discriminación por razón de sexo y de asociación frente a las particularidades de la organización de las entidades de carácter religioso, para acabar dando preferencia al ordenamiento de los colectivos católicos por encima de derechos consagrados por la

Constitución Española

Se trata de un procedimiento judicial que se inició tras una lucha de dos décadas. Y es que Laborda se decantó durante años por la presentación de escritos de solicitud para la entrada de las mujeres a esta entidad religiosa y la petición de apoyo al Obispado. Poco logró por aquella vía. Harta de desplantes, terminó interponiendo una demanda por vulneración de derechos fundamentales.

En enero de 2020, se celebró una vista oral y meses después se conoció que el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santa Cruz de Tenerife le había dado la razón. La Esclavitud recurrió ante la Audiencia Provincial, que también respaldó los planteamientos de la demandante. La cofradía lo intentó de nuevo y presentó otro recurso que sí prosperó: el Supremo dio el visto bueno a la exclusión de las mujeres al considerar que en este caso hay que atender, "como normas de directa y preferente aplicación, a lo previsto en el acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos (artículo I) y en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa". 

Asimismo, el Tribunal Supremo cita una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la que se señala que "el principio de autonomía prohíbe al Estado obligar a una comunidad religiosa a admitir en su seno nuevos miembros o excluir a otros". Entre abundante jurisprudencia, también se recoge en el pronunciamiento judicial que se conoció en el mes de enero que "los derechos fundamentales y, entre ellos, el principio de igualdad, han de aplicarse matizadamente, pues han de hacerse compatibles con otros valores o parámetros (…)", y se circunscriben las actividades que desarrolla la Esclavitud del Cristo al ámbito religioso para argumentar que "la no admisión de un socio no puede generarle a este un perjuicio significativo".

Las claves del desencuentro

Años intentándolo

María Teresita Laborda avisó de que la estaban dejando sin otra posibilidad que demandar cuando vio que, tras presentar escritos durante años, no le respondían. Fueron dos décadas que acabaron en los tribunales.

Esclavitud y Obispado

La demanda iba dirigida tanto a la Esclavitud del Cristo como al Obispado de Tenerife. La segunda entidad, con el foco mediático del inicio del procedimiento, aceptó en primera instancia lo que pedía Laborda (la entrada de las mujeres), lo que en el argot jurídico se denomina allanarse a la demanda. Sin embargo, el Obispado posteriormente cambió de criterio y suscribió el recurso de la cofradía.

Polémica nacional

Si el asunto siempre generó polémica, la sentencia del Supremo fue objeto de debate nacional. Esa repercusión puede resultar ahora clave.