JUBILACIÓN

¿Cómo y cuándo rescatar un plan de pensiones?

Los planes de pensiones se hicieron bastante populares como una alternativa de ahorro a largo plazo útil para completar la pensión. Pero, recuperar el dinero invertido, no es tan fácil como parece

Archivo - Manos de ancianos. Archivo.

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Los planes de pensiones son un producto de ahorro a largo plazo. Mediante el dinero invertido, se obtiene un tratamiento fiscal especial que en su momento más álgido se convirtieron en una opción muy solicitada por los clientes. El plan de pensiones es un método de ahorro, orientado a la jubilación, en el que se va aportando dinero que solo se recupera, con los intereses generados y, llegado el momento de la jubilación, o si se cumplen otras condiciones, se procede a recibir los ingresos.

¿Cuándo se puede recuperar el plan de pensiones?

Hay una serie de llamadas “contingencias ordinarias” que si se producen permiten al partícipe cobrar el plan de pensiones, que se recogen desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU):1. Jubilación. La jubilación se produce cuando el partícipe tiene al menos 65 años, en el momento en que no ejerza o haya cesado en la actividad laboral y ya no cotice para la contingencia de jubilación en ningún régimen de la Seguridad Social.

  • Hay algunos planes de pensiones admiten en sus especificaciones el cobro por jubilación desde edades más tempranas, 60 años de edad como muy pronto, siempre que el partícipe haya cesado en toda actividad que le obligue al alta en la Seguridad Social.

  • También se permite la disposición anticipada en caso de despido objetivo o colectivo.

2. En caso de incapacidad permanente, absoluta o gran invalidez: si sobreviene esta situación, el partícipe también podría cobrar su plan, pero tiene que estar declarada tal y como señale el régimen de la Seguridad Social correspondiente

3. Dependencia severa o una gran dependencia, reconocida por la Administración, en grado II o III.

4. Fallecimiento del partícipe o del beneficiario. En estos casos, el plan lo cobran las personas que los fallecidos hubieran designado o los herederos.

Además de estas contingencias comunes, hay otros dos supuestos excepcionales dan pie al cobro del plan si así se establece en el reglamento del plan de pensiones:

  1. El desempleo de larga duración: hay que estar en desempleo, inscrito como demandante de empleo y sin derecho a prestación o con ella agotada.

  2. Enfermedad grave del partícipe, su cónyuge, padres, hijos o personas tuteladas o acogidas con las que conviva o dependan de él.

 A partir del 1 de enero de 2025, también será posible cobrar la parte del plan, que corresponda a aportaciones de antigüedad superior a 10 años.

¿Cómo cobrar el dinero ahorrado en plan de pensiones?

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Si crees que cobrar el dinero del plan de pensiones es fácil y seguro, debes saber que eso no siempre es cierto: hay algunas entidades que dificultan el cobro de sus planes de pensiones al exigir papeleo y complejos trámites. En resumen, lo de que el plan de pensiones se convierte en dinero sin más #Nocuela. ¿Y por qué?

La ley detalla las contingencias que dan derecho a cobrar el plan, pero no aclara la documentación necesaria para acreditarlas. Hay muchas gestoras que deciden exigir un montón de papeles y mientras tanto siguen cobrando su comisión de gestión fija, lo que provoca muchas quejas de los usuarios por demoras y equívocos (por ejemplo, pedir la prestación anticipada por despido objetivo o colectivo y que exijan los papeles que acreditan paro prolongado). Desde OCU denunciamos las dificultades que se ponen para el rescate, y pedimos al Gobierno que se detallen los documentos necesarios para liberar los planes y no deje margen a la arbitrariedad.

Evitar problemas al rescatar el plan

  • Comprueba la documentación requerida. Para las contingencias comunes, el reglamento del plan dejará claro qué hay que llevar; si no lo tienes, pídelo a la gestora. Para los supuestos excepcionales, contacta antes con la gestora.

  • Si el beneficiario es una persona distinta a ti, infórmale de su condición y de los documentos que pueda necesitar. El DNI original del partícipe debe ser fácil de localizar pues, si los llamados a cobrar el plan no lo tienen, encontrarán muchas complicaciones.

  • Una vez presentada la documentación completa para rescatar el dinero, la gestora tiene 15 días para informarte por carta de que da el visto bueno al rescate. A partir de ahí, en un máximo de 7 días te ingresarán el dinero en la cuenta. Todo debería resolverse en menos de un mes.

  • Si la entidad con la que contrataste el plan no hace más que retrasar el pago, denegando la documentación aportada, lo más fácil es realizar un traspaso a un plan de otra entidad en la que sepas que no te van a poner trabas.