DERECHOS DE LOS VIAJEROS

Huelga de Ryanair: ¿cómo reclamar un vuelo cancelado?

Los sindicatos de Ryanair convocan paros durante la operación salida que podrían afectar a los vuelos de varios viajeros

Huelga de Ryanair: qué hacer si cancelan tu vuelo, cambios, devoluciones y otras preguntas

Huelga de Ryanair: qué hacer si cancelan tu vuelo, cambios, devoluciones y otras preguntas

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Los sindicatos de trabajadores de Ryanair, USO y Sitcpla, han convocado paros de 24 horas los días 24, 25, 26 y 30 de junio y 1 y 2 de julio en todas las bases de la compañía en España en representación de los tripulantes de cabina (TCP). Esta nueva huelga coincidirá con la operación salida de las vacaciones de verano 2022, por lo que algunos usuarios podrían verse afectados.

Las organizaciones denuncian que la aerolínea se ha levantado de la mesa de negociación del primer convenio colectivo después de ocho meses y tras llegar a un acuerdo con CCOO, sindicato sin representación entre los 'azafatos'. Ryanair todavía no ha anunciado la cancelación de ningún vuelo, pero es de esperar que más de un trayecto se vea afectado durante esos días.

¿Cuál es la compensación por la cancelación de un vuelo?

Según la organización de consumidores FACUA, los pasajeros que se vean afectados por la huelga de Ryanair tendrán derecho a una compensación de al menos 250 euros, además de la devolución íntegra del billete y de los gastos derivados de la cancelación, tal y como recoge el Reglamento Europeo 261/2004.

Dicha normativa establece que "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos".

Asimismo, recuerda FACUA, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de abril de 2018 establece que una huelga de trabajadores no se consideran "circunstancias extraordinarias", por lo que la aerolínea no puede negarse a las reclamaciones.

¿Existen excepciones?

Sí, la norma ampara a las compañías aéreas, que no tienen la obligación de compensar a los pasajeros si avisan de la cancelación con, al menos, dos semanas de antelación.

Tampoco si informa de la misma en un máximo de siete días antes, pero ofrece a los viajeros un transporte alternativo que "les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso".

Por último, la aerolínea puede también avisar con menos de siete días de adelanto, siempre y cuando ofrezca a los afectados "otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso".

¿Cómo reclamar estos derechos?

En todo caso, añade FACUA, los viajeros perjudicados siempre tendrán derecho al reembolso íntegro del billete "en siete días", o a un transporte alternativo hasta el destino final, según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento 261/2004. Asimismo, podrán reclamar cualquier otro daño derivado, como hoteles, viajes organizados, vehículos alquilados, etc.

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Por último, si la cancelación se produce cerca de la hora de salida programada del vuelo, la aerolínea está obligada a poner a disposición de los pasajeros "comida y refrescos suficientes", alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado desde el aeropuerto hasta dicho hotel.

Para poder ejercer estos derechos, FACUA recomienda a los usuarios conversar toda la documentación relacionada con el vuelo y presentar una reclamación ante la compañía. En caso de que esta no responda o no lo haga de forma satisfactoria, lo aconsejable es reclamar en las organizaciones de personas consumidoras o en los organismos de consumo.

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