DECLARACIÓN DE LA RENTA
Estas son las deducciones en la Declaración de la Renta a las que se pueden acoger los madrileños
La Agencia Tributaria inicia su campaña para presentar la declaración de impuestos del ejercicio 2021
Modelo de presentación de la declaración de la renta. /
La campaña de la Renta 2021 comenzó el pasado 6 de abril, a través de internet, y se extenderá hasta el 30 de junio, siendo el 29 el último día para pedir cita previa y con resultado a ingresar en domiciliación bancaria, el plazo concluye el 27 de junio. Además, la Agencia Tributaria abre diferentes plazos y métodos de entregar el borrador. Desde el 5 de mayo se podrá realizar la Declaración por teléfono y a partir del 26 de mayo mediante cita previa en las oficinas. Este año, la campaña presenta novedades respecto al ejercicio anterior: nuevos tramos de IRPF sobre las mayores cuantías económicas, deducciones por obras de eficiencia energética y la obligatoriedad de declarar las criptomonedas.
Deducciones
Comunidad de Madrid
Todos aquellos cuyo domicilio fiscal se encuentre en Madrid pueden acogerse a las siguientes deducciones:
Deducción por alquiler de vivienda habitual: En Madrid, la deducción autonómica del alquiler se puede desgravar el 30% del alquiler hasta un máximo de 1.000€ a la cuota íntegra autonómica, en el caso de que:
El inquilino sea menor de 35 años.
El contribuyente sea menor de 40, haya estado en desempleo al menos la mitad del año fiscal y tenga, como mínimo, a dos familiares a tu cargo.
La suma de las bases imponibles no supere los 25.620€ en la declaración individual y 36.200€ en la conjunta.
Deducción por acoger a menores: En el caso de haber acogido a uno o más menores y haber convivido durante más de 183 días, se podrá aplicar la deducción por acogimiento de menores. Dependiendo del número de menores acogidos, la cantidad será más o menos:
600€ por un menor
750€ por el segundo
900€ por el tercero (y demás)
Deducción por acoger a mayores o discapacitados: La Comunidad de Madrid permite una deducción de 1.500€ en la cuota íntegra autonómica de la declaración de la renta por cada persona mayor de 65 años o con una discapacidad de más del 33% que haya sido acogida durante más de 183 días. Los contribuyentes solo pueden acceder a esta deducción si:
No están recibiendo alguna otra ayuda o subvención de la Comunidad de Madrid por el mismo motivo.
La persona mayor de 65 no es un familiar.
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