ENERGÍA
La Comunidad Valenciana fijará áreas de prioridad energética para impulsar las renovables
El macrodecreto de respuesta a la crisis dará un acelerón a la implantación de parques fotovoltaicos y demás instalaciones que permitan incrementar la producción de energía renovable y reducir la dependencia de los vaivenes del mercado que tensionan los precios
Paneles solares en un tejado. /
Después de una negociación entre socios, dos pasos por el pleno del Consell valenciano y un informe de alegaciones de la Abogacía de la Generalitat, el macrodecreto ómnibus de respuesta a la crisis ya está en vigor. Y entre las medidas que incluye está que el Ejecutivo valenciano podrá fijar áreas o proyectos concretos de prioridad energética, una figura con las que se habilitará una "tramitación de urgencia" y que tiene como objetivo agilizar la instalación de placas fotovoltaicas.
Según explica el documento aprobado este viernes, será el conseller competente en materia de territorio y urbanismo el que podrá declarar esta prioridad energética siempre que se encuentre en "suelo no urbanizable común". Lo hará, además, a propuesta de la conselleria competente en materia de energía o cambio climático que tendrá que "justificar su necesidad".
Esta declaración implicará la "tramitación de urgencia" de estos proyectos, "la competibilidad territorial y urbanística" y la "exención de la ocupación del territorio", aunque para ello serán necesarios informes sectoriales y agrológicos. Asimismo, señala que estas declaraciones de prioridad energética comportarán la obligación de compensación a los municipios y que, incluso, podría incrementarse en un 50% si hay "acuerdo plenario en los ayuntamientos".
Esta figura es una de las que recoge el texto con el objeto de dar un acelerón a la implantación de parques fotovoltaicos y demás instalaciones que permitan incrementar la producción de energía renovable y reducir la dependencia de los vaivenes del mercado que tensionan los precios, principal consecuencia de la crisis. Se suma al decreto que publicó el Gobierno central, quien tiene las competencias de autorización para los proyectos que superen los 50 MW de potencia.
En este sentido, el texto legal que este viernes ya estaba publicado en el DOGV señala que las instalaciones de energía fotovoltaica de autorización estatal "quedará eximidas de la tramitación de la Declaración de Interés Comunitario o del Plan Especial" siempre que acrediten la compatibilidad urbanística y la disponibilidad del suelo.
A 500 metros de zonas BIC
Otra de las modificaciones es respecto a la posibilidad de fijar instalaciones fotovoltaicas a menos de 500 metros de recursos paisajísticos "de primer orden" como los BIC o paisajes protegidos. Se mantiene esta limitación a la que, no obstante, se le añaden dos excepciones: que se demuestre que "ni la contextualización ni la percepción de estos recursos se ve afectada negativamente por la central fotovoltaica" y que en esta zona o ese proyecto en concreto "haya sido declarado energético prioritario" en el que se procederá en la resolución que corresponda a fijar la distancia que, eso sí, tendrá como mínimo la establecida en la legislación vigente en materia de patrimonio cultural.
Noticias relacionadasAsimismo, da la posibilidad a los ayuntamientos a suspender licencias si justifica la degradación del entorno paisajístico próximo a usos residenciales o de alto valor de relevancia local. No obstante, dispondrá de un plazo de seis meses para realizar esta justificación que si se sobrepasa, "quedará automáticamente levantada" siempre que la zona no se encuentre incluida como de alta capacidad agrológica según el Institut de Cartología.
La nueva norma también fija en un 3% de la superficie de suelo no urbanizable común de cada municipio como la ocupación para implantar estas instalaciones de energía renovable y establece en 10 meses el máximo para que la Administración autorice la implantación correspondiente.
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