CAMPAÑA 2022

Todo lo que debes tener en cuenta para hacer la declaración de la renta en 2022 por teléfono

Las citas se podrán solicitar a partir del 3 de mayo llamando por teléfono, a través de internet o por la app del móvil

Estos son los errores más habituales al hacer la declaración de la Renta 2021.

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Desde hace ya varios días, los contribuyentes han podido consultar su borrador de la renta e incluso muchos ya la han presentado a través de internet, que es la vía que antes entra en funcionamiento. Sin embargo, también se puede hacer de forma presencial y por teléfono, ambas con cita previa.

Las citas para poder confirmar la declaración por teléfono se podrán pedir a partir del 3 de mayo y éstas se darán a partir del 5 de mayo. Los teléfonos para pedir la cita previa son 91 535 73 26 o 901 12 12 24 (teléfono automático) o bien con atención personal en los números 91 553 00 71 o 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. También se puede pedir la cita previa para atención telefónica por internet o a través de la app.

Entre los datos que hay que tener a mano para formalizar la cita están el Número de Identificación Fiscal (NIF), el número de referencia o Cl@ve PIN, así como el Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN), en la que desee efectuar la domiciliación. El declarante obtendrá entonces un código seguro de verificación asociado a la presentación y podrá descargar el justificante de su presentación accediendo a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

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La vía telefónica no podrá utilizarse para confirmar el borrador de la declaración cuando el resultado sea a ingresar y el contribuyente no opte por la domiciliación bancaria.

La Agencia Tributaria utiliza el Plan Te llamamos para este trámite desde el año 2018 para facilitar la presentación de la renta a personas que no dispongan de conocimientos fiscales, no dominen las nuevas tecnologías o se sientan más cómodos con la asistencia de personal cualificado. Sin embargo, no todos los contribuyentes pueden tramitar su declaración por esta vía, ya que el Plan Te llamamos está pensado solo para declaraciones sencillas. Estas son las excepciones:

  •  Personas con rentas del trabajo superiores a 65.000 euros.

  •  Rentas del capital mobiliario superiores a 15 000 euros.

  •  Realización de actividades económicas en estimación directa.

  •  Más de 2 transmisiones patrimoniales (excluidas las transmisiones de bienes adquiridos por herencia o donación).

  •  Alquileres de más de dos inmuebles o dos contratos de alquiler.

  •  Tributación en regímenes especiales.

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