AGENCIA TRIBUTARIA

Twitter se estrena en la lista de morosos de Hacienda en la que continúan Ancelotti y Falcones

El número de deudores se dispara hasta más de 7.277, con un alza del 88%, al rebajarse el pasivo pendiente de un millón a 600.000 euros e incorporar a los responsables solidarios

Carlo Ancelotti, coach of Real Madrid, looks on during the Spanish League, La Liga Santander, football match played between Real Madrid and Cadiz CF at Santiago Bernabeu stadium on December 19, 2021, in Madrid, Spain.

Carlo Ancelotti, coach of Real Madrid, looks on during the Spanish League, La Liga Santander, football match played between Real Madrid and Cadiz CF at Santiago Bernabeu stadium on December 19, 2021, in Madrid, Spain.

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Agustí Sala

Twitter, entre las personas jurídicas, es una de las novedades de la lista morosos con Hacienda que ha publicado la Agencia Tributaria, con 800.000 euros. En este listado, el octavo que se publica (uno es en junio y otro en diciembre de cada ejercicio) se incorporan el chef Sergi Arola, con 986.000 euros; el personaje televisivo Kiko Matamoros, con 711.000 euros o el exculé Samuel Eto'o (981.000). También figuran la empresa Arturo Cantoblanco, de la que es accionista el empresario Arturo Fernández, así como el exbanquero Mario Conde (7,8 millones) o la presentadora Patricia Conde (un millón). así como el futbolista del Barça Dani Alves, con 2 millones; y el antiguo socio de Iñaki Urdangarín, Diego Torres (956.000).

Se mantiene fiel a su cita con esta clasificación Agapito García, con una deuda de 14,9 millones, así como la inmobiliaria Nozar, con un pasivo de 214 millones; Reyal Urbis (340 millones), Nueva Rumasa de los Ruiz-Mateos, con 8,9 millones o Pullmantur (834.000). El exvicepresidente del Gobierno, Rodrigo Rato, que figuraba en el documento de junio, no está en el actual. Siguen en el mismo el entrenador del Real Madrid, Carlo Ancelotti, con 1,4 millones; y el escritor Ildefonso Falcones, con 1,3 millones, que ya estaban en la lista de junio pasado.

Como novedad en esta octava lista, el límite conjunto de deudas y sanciones para figurar en el listado ha bajado de un millón a 600.000 euros pendientes a 31 de agosto pasado. Además de los deudores principales se incluyen los responsables solidarios.

Como consecuencia de los cambios, el número total de de deudores asciende a 7.277, el 88% más con respecto al publicado en junio de 2021 al incorporarse en esta ocasión como novedad no solo un menor importe sino los responsables solidarios de la deuda. los casos más comunes son quienes han colaborado en la ocultación o el fraude, quienes hayan incumplido las órdenes de embargo o quienes hayan sido colaboradores activos en la realización de una infracción tributaria. Una vez homogeneizando los datos, el número de deudores sería 3.439, un -11% con respecto al listado anterior.

En el importe total de deuda a publicar (18.232 millones) existen importes duplicidades también como consecuencia de la inclusión de las derivaciones de responsabilidad solidaria. Restando las duplicidades, el importe pendiente a publicar seria de 15.200 millones de euros; por tanto, hay 3.000 millones de euros duplicados. 

Por partida doble 

El importe total de deuda supera los 18.232 millones frente a los 14.100 millones del listado publicado en junio pasado, supone un incremento del 29,4%. Los importes correspondientes a deudores que únicamente aparecen como deudor principal asciende a 9.031 millones; los que solo aparecen como deudor responsable,1.336 millones y los que figuran por cumplir las dos condiciones: ser tanto deudor principal, como deudor responsable al que se ha derivado deuda de otro principal: 7.865 millones.

Del total de deudores, 1.367 son personas físicas con una deuda de 2.081 millones, frente a 312 por importe de 673 millones de euros en el listado anterior; y 5.910 personas jurídicas por importe de 16.150 millones de euros (eran 3.557 por importe 13.426 millones de euros en el listado anterior).  

Del importe total, más de 7.200 millones de euros (el 40%) se corresponde con deuda en un proceso concursal (2.176 deudores, el 30% del total) y, por tanto, es deuda afectada por un proceso en el que las posibilidades de cobro efectivo de las deudas se encuentran limitadas mientras dure el propio proceso concursal. En el listado anterior, la proporción era mayor: algo más de 7.270 millones de euros (el 51%); más de 1.696 deudores, el 44% del total.

Responsabilidad solidaria

Del total de deudores de la lista a publicar en diciembre de 2021, en relación con 3.587 deudores principales se han realizado derivaciones de responsabilidad subsidiaria o solidaria a terceros distintos del deudor principal por un importe de más de 6.440 millones (equivalente al 35% del importe total de deuda incluida en el listado). Estas actuaciones influyen en la prolongación en el tiempo de la recaudación de dichas deudas.

Un total de 585 deudores no figuran ya en el listado de deudores a publicar en diciembre de 2021 tras haber aparecido en el de junio de 2021, es decir que abandonan la lista, con un importe de 1.901 millones de euros. La salida de la lista se puede deber, tanto a la cancelación total o parcial de las deudas objeto de publicación, como a la obtención de un aplazamiento o suspensión de la deuda antes de la fecha de toma de datos.

Como consecuencia, fundamentalmente, de la ampliación del perímetro de publicación, un total de 3.993 deudores figuran en listado de deudores a publicar en diciembre 2021 y no aparecían en el listado publicado en junio de 2021, es decir, que entran en la lista. El importe de la deuda suma 5.737 millones de euros. 

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A lo largo de 2021, un total de 1.274 deudores que tenían deudas pendientes a cierre de 2020 y por las que fueron publicados en el séptimo listado el 30 de junio pasado, han realizado ingresos de esas deudas por importe de 268 millones de euros. Por otra parte, se han realizado ingresos por importe de 101 millones correspondientes a deudores que han evitado aparecer en el octavo listado a publicar en diciembre de 2021.

Estos deudores se encontraban en una de estas dos situaciones iban a ser seleccionados para su publicación, pero en las semanas previas a la fecha de toma de datos, 31 de agosto, ingresaron cantidades suficientes para no aparecer en el listado o fueron seleccionados, pero se acogieron a la modificación del artículo 95bis de la ley general tributaria, que permite no aparecer en el listado si se realiza un ingreso íntegro, completo, de las deudas por las que se publicarían antes del fin del plazo de alegaciones.