Ley Concursal

Empresarios y autónomos presionan al Gobierno para tumbar la obligación de pagar a Hacienda cuando quiebran

  • La reforma de la Ley Concursal que preparan Justicia y Economía confirma la imposibilidad de perdonar lo que deben las compañías a la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria en los procesos de segunda oportunidad.

  • Patronales y sector legal critican las prisas del Gobierno para cerrar la consulta pública tras dos años de trabajo para transponer la directiva europea sobre reestructuraciones. 

MADRID (ESPAÑA), 05/11/2020.- La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, se reunieron este jueves en la sede dela CEOE en Madrid. EFE/ David Fernandez

MADRID (ESPAÑA), 05/11/2020.- La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, se reunieron este jueves en la sede dela CEOE en Madrid. EFE/ David Fernandez / David Fernandez

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Empresarios, autónomos y sector legal están haciendo frente común contra algunos aspectos cruciales de la reforma de la Ley Concursal que prepara el Gobierno. La nueva norma servía, en principio, para transponer la directiva de la Unión Europea sobre reestructuraciones de deuda y prevención de insolvencias, pero las asociaciones empresariales y organizaciones de administradores concursales consideran que algunos aspectos van directamente en contra del espíritu de la normativa comunitaria y que el Ejecutivo ha diseñado una reforma de la Ley Concursal en toda regla.

El anteproyecto de ley, aprobado por el Consejo de Ministros a principios de agosto, cuenta con 245 folios, 755 nuevos artículos y 11 disposiciones adicionales, y aborda cuestiones que van más allá de la mera transposición. Con tal despliegue normativo y de esa complejidad, las patronales se quejan de que el Gobierno no les hizo consulta alguna durante el tiempo de preparación del anteproyecto (a pesar de que la directiva comunitaria que se transpone se aprobó hace más de dos años por las instituciones de la UE) y de que sólo les concedió 15 días hábiles para presentar sus alegaciones en pleno mes de vacaciones (entre el 4 y el 25 de agosto) por tratarse de una tramitación con carácter de urgencia.

“Durante estos dos años las empresas españolas ni han sido consultadas ni se ha llevado a cabo iniciativa alguna por parte de los Ministerios implicados [el de Justicia y el de Asuntos Económicos] en dar a conocer el anteproyecto o a solicitar la opinión del sector empresarial español”, señala CEOE en el documento de alegaciones al anteproyecto, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA. “Una aceptable conducta democrática y que tuviera por finalidad la calidad normativa habría aconsejado contar con la opinión técnica de las empresas españolas”.

Desde el Registro de Economistas Forenses (REFOR), órgano especializado del Consejo General de Economistas de España (CGE) en materia de insolvencias, se criticó como “poco serio” que para una ley de tanto calado se concedieran sólo 15 días hábiles en agosto, un plazo que tachó de “irrisorio”. “Pese a entender las prisas del Gobierno para acometer las reformas comprometidas con Bruselas en el Plan de Recuperación, consideramos que una reforma que afecta a la supervivencia de nuestras empresas merece un periodo de reflexión algo más amplio”, apunta Valentín Pich, presidente del CGE.

Privilegio público

Uno de los grandes puntos de fricción entre empresarios y autónomos con el Gobierno es la decisión final del Gobierno de mantener el privilegio del crédito público: esto es, que las empresas en quiebra tengan obligación de pagar antes sus deudas singularmente con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria. En el anteproyecto, el Ejecutivo excluye los créditos públicos de la posibilidad de exoneración de deudas en un plan de reestructuración o en un proceso de segunda oportunidad. Las deudas de acreedores privados se podrán perdonar, pero no los impuestos o las cotizaciones no pagadas.

“En su objetivo de sobreproteger aún más al crédito público, el anteproyecto incumple la transposición de la directiva”, sostiene CEOE en su pliego de alegaciones. Y es que la patronal denuncia que la directiva 2019/1023 ordena a los estados miembros que procuren la suspensión de deudas abarque a todo tipo de acreedores, excluyendo sólo las nóminas impagadas a los trabajadores, y recuerda que además el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado a favor de exonerar deudas públicas en el caso de los autónomos.

“La imposibilidad de cancelar deudas con las Administraciones hace que los autónomos las arrastren incluso después de la declaración de insolvencia, lo que imposibilita el reinicio de otra actividad. No es eficiente”, alerta Celia Ferrero, vicepresidenta de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

Desde CEOE se defiende que “los créditos de derecho público deberían verse afectados como todos los demás y no sobreprotegidos por su propia naturaleza de forma contraria a lo ordenado por la propia directiva”. “En uso de sus privilegios otorgados por el legislador, una vez solicitado el concurso, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria inician una carrera por ejecutar sus créditos al margen del procedimiento concursal a través de ejecuciones singulares de los créditos públicos. El uso excesivo de los privilegios frustra, en muchas ocasiones, la posibilidad de evitar la liquidación de la compañía”, alerta la patronal, que apunta que esa supuesta sobreprotección del crédito público es “insostenible” en el difícil entorno económico provocado por la pandemia.

Choque en el Gobierno

Desde el Gobierno se defiende que Hacienda y Seguridad Social son las principales interesadas en que las empresas en dificultades mantengan la actividad por todos los medios, para sostener el tejido productivo y no perder impuestos y cotizaciones con que se financian los servicios públicos y las pensiones. Diversas fuentes empresariales tienen una visión distinta y critican que la Administración aplica embargos rápidamente a las compañías en problemas para no perder las cantidades adeudadas, lo que dificulta la solvencia de las compañías y acaba afectando a otras empresas acreedoras.

El mantenimiento del privilegio de crédito público fue también motivo de choque en el seno del propio Gobierno antes de la aprobación del anteproyecto de reforma de la Ley Concursal. Según fuentes gubernamentales directamente implicadas en la pugna, en borradores primigenios del texto de Justicia y Asuntos Económicos no se incluía la prohibición de exonerar deudas con la Administración.

Fueron las presiones del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social las que hicieron que en la versión final se reflejara el privilegio de cobro de impuestos y cotizaciones adeudados, defendiendo que era inaceptable no dar prioridad a unas deudas que en caso de impago asumen todos los ciudadanos/contribuyentes.

Sin asesoramiento legal

El anteproyecto de ley del Gobierno contempla la creación de un procedimiento especial para microempresas y autónomos más rápido y digitalizado. El Ministerio de Asuntos Económicos ensalza que el nuevo proceso permite a deudores y acreedores comunicarse a través de formularios gratuitos online y que reducirá costes a las micropymes en problemas al no tener que contratar a un administrador concursal al poder gestionar los trámites del plan de continuación o de liquidación a través de una plataforma online.

Pero las asociaciones empresariales y de economistas ponen el grito en el cielo por la inseguridad jurídica que puede generar para las microempresas y autónomos no contar con asistencia legal en un proceso como éste, al eliminar la figura de los administradores concursales y procuradores en los procesos de segunda oportunidad y el procedimiento especial diseñado en el anteproyecto de ley.

“Somos el único país de Europa en el que el administrador concursal es excluido de los procesos de insolvencia y es percibido como el culpable del fracaso del sistema”, se quejan desde la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC). “Permitir que sea el deudor el que se haga cargo del concurso, teniendo en consideración el posible y casi probable desconocimiento de éste sobre el funcionamiento de los procesos de insolvencia. Puede suponer un riesgo tanto para el deudor como para el acreedor y ambos pierden la seguridad jurídica al eliminar a los profesionales de la gestión”.

Desde la Federación de Asociaciones de Trabajadores Autónomos se reconoce al Gobierno el intento de agilizar los procedimientos concursales de las microempresas y de permitirles ahorrar costes de asesoramiento legal que son inasumibles a las puertas de la quiebra. Pero ATA critica que la opción que se les da a microempresas y autónomos para no afrontar esos costes sea renunciar al servicio jurídico de los administradores concursales, y reclama al Gobierno que facilite ese asesoramiento especializado de manera gratuita.

Sin alerta temprana

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Empresarios, autónomos y economistas cargan contra la renuncia a regular e implantar de manera inmediata un mecanismo de alertas tempranas de insolvencia como se recoge en la directiva europea que se pretende transponer.

El Gobierno simplemente recoge en su anteproyecto la decisión de dar un año a los Ministerios de Hacienda y de Seguridad Social para desarrollar un futuro sistema de detección de riesgo de insolvencia, mientras que patronales y el Colegio General de Economistas reclaman la participación directa en el sistema de alertas también del sector privado.