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Una nueva prestación y ayudas a las empresas que formen: las claves de los nuevos ERTE

Yolanda Díaz se dirige a Pedro Sánchez en el Congreso

Yolanda Díaz se dirige a Pedro Sánchez en el Congreso / EFE

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Este miércoles, la mesa de diálogo social debate la última propuesta de regulación de los erte postpandemia que ha elaborado el Ejecutivo. Estas son sus principales características.

¿Cuántos tipos de erte se contemplan?

Tres tipos. El primero, el erte convencional, que permite a las empresas reducir o suspender la jornada de sus trabajadores por circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en caso de fuerza mayor; y además se introducen dos nuevas fórmulas a la luz de la experiencia de la crisis del covid y de los requerimientos de Europa: son dos variantes del llamado Mecanismo RED. El Mecanismo RED por causas estructurales se podrá utilizar cuando un sector sufra tales procesos de cambio que haga necesario recualificar la plantilla o facilitar su traslado a otra actividad (por ejemplo, ante un proceso de automatización). El Mecanismo RED por causas cíclicas servirá para hacer frente a las consecuencias económicas de una situación coyuntural de alcance general (por ejemplo, otra pandemia).

¿Qué requisitos hay que cumplir para poner en marcha uno de estos erte?

El mecanismo RED tendrá que ser activado por el Consejo de Ministros a propuesta conjunta de los ministerios de Economía, Trabajo e Inclusión. En el caso del de causas estructurales, requerirá además que la empresa presente un plan de recolocación para los trabajadores afectados.

¿Durante cuánto tiempo se puede mantener la situación de suspensión o reducción de jornada?

El Mecanismo RED podrá tener, en principio, una duración máxima de 12 meses (si hay acuerdo entre la dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores) o de 6 meses (si no hay acuerdo). En el RED por causas estructurales se prevé la posibilidad de solicitar dos prórrogas más, de 6 meses cada una. Si se opta por la reducción de jornada de los trabajadores, ésta tendrá que estar comprendida entre el 10% y el 70%.

¿Qué ayudas se prevén para trabajadores y empresas?

El proyecto contempla exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, todavía por concretar, y un aumento de crédito para la financiación de acciones formativas para las empresas en RED que desarrollen acciones formativas para sus trabajadores.

Además, las empresas que contraten con contrato indefinido a trabajadores en RED de otras compañías se beneficiarán de una bonificación del 50% de sus cuotas a la Seguridad Social durante 6 meses.

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Los trabajadores afectados podrán cobrar una nueva ayuda, denominada prestación de sostenibilidad de empleo, que durará lo que dure su permanencia en un mecanismo RED. Su cuantía será del 70% de la base reguladora (aunque no podrá superar los 1.271 euros al mes, el 225% del IPREM) y no consumirá periodo de paro, aunque tampoco supondrá tiempo cotizado.

Si un trabajador en RED es recolocado en otra empresa, su compañía original tendrá que depositar el 50% de la indemnización por despido que le correspondería en el FOGASA, para financiar su traslado. Si es despedido por motivos no imputables a él, cobrará del FOGASA la indemnización que le correspondería de haber seguido en su compañía original.