BALEARES

50.000 euros de multa por simular la fiesta sexual de ‘Eyes Wide Shut’ en Ibiza

El Tribunal Superior de Justicia de Balears considera proporcionada la sanción, que Santa Eulària rebajó en 25.000 euros, por "el innegable riesgo de incendio"

Dos mujeres caminan por el carril bici de Santa Gertrudis tras la fiesta en el Polvorín, en julio de 2014. VICENT MARÍ

Dos mujeres caminan por el carril bici de Santa Gertrudis tras la fiesta en el Polvorín, en julio de 2014. VICENT MARÍ

Eugenio Rodríguez Martos

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado la sanción de 50.000 euros que el Ayuntamiento de Santa Eulària impuso a la sociedad Ideas de Ibiza, propietaria del antiguo Polvorín de Santa Gertrudis, por la organización de una fiesta multitudinaria sin permiso desde la tarde noche del 13 de julio de 2014 hasta el mediodía del día siguiente.

Esta celebración, cuya temática giró en torno a la película de Stanley Kubrick ‘Eyes Wide Shut’, de alto contenido sexual, provocó muchas quejas de los vecinos. Inicialmente, el Ayuntamiento informó de que se había impuesto una multa de 75.000 euros a los promotores de la fiesta, pero al final se aceptó parte de un recurso de reposición de la propiedad y se redujo a 50.000 euros.

No contenta con la rebaja de la cuantía de la sanción, la propiedad recurrió en los juzgados. En primera instancia, ya se descartaron las pretensiones del recurrente y ahora también por el Tribunal Superior de Justicia de Balears. La propiedad ha querido hacer ver en todo momento que se trataba de una fiesta privada, en concreto el cumpleaños de un amigo, y que la multa era desproporcionada. Como alternativa, planteaba reducirla a 10.000 euros. Días después, los promotores pidieron disculpas a los vecinos por las molestias ocasionadas, aseguraron que no habría mas fiestas en este espacio y que su proyecto es cultural.

La sentencia considera acreditado que, al margen de que se tratara o no de la celebración de un cumpleaños (uno de los propietarios, Alejandro Lozano, declaró en su día a este diario que se trató de una fiesta para celebrar el 50 aniversario del otro propietario, Lio Malca, con una larga trayectoria en el mundo del arte), se organizó "una fiesta multitudinaria" sin el correspondiente permiso. Acudieron con seguridad más de 500 personas y puede ser que más de un millar, según la sentencia.

300 vehículos aparcados

Había más de 300 coches aparcados en los dos aparcamientos habilitados, además de una notable organización que comprendía personas que controlaban el acceso al recinto, empresas de seguridad y furgonetas de alquiler con conductor y autobuses lanzadera.

El TSJB destaca que la fiesta contaba con una amplia organización, controles de acceso, decoración, iluminación y equipos de música y proyección, así como servicio de transporte discrecional desde una zona de aparcamiento situada en las inmediaciones del hipódromo de Sant Rafel. También señala que la parcela se ubica en suelo rústico y que la celebración de fiestas no está admitida en la matriz de usos.

Los hechos se consideran probados a partir del informe de la Policía Local, la documentación recogida, como fotografías de la fiesta, la publicidad tipo flyer y las propias declaraciones de testigos.

La sentencia considera que la sanción impuesta en su grado medio (la horquilla oscila entre 10.000 y 100.000 euros) es "ponderada y proporcionada", en contra del criterio de los recurrentes, a la gravedad de la infracción cometida y no ve motivos para reducirla.

Para estimar la cuantía de la multa, el Ayuntamiento se basó en "las dimensiones y el amplio dispositivo de la organización" de la fiesta, así como en "la manifiesta voluntad" de hacerla al margen de la obtención de la correspondiente autorización municipal. "Es más, se ha constatado el secretismo mediante el cual se pretendía realizar", destaca el fallo.

Aforo completo

La sentencia señala que no sólo no se ha logrado probar que la fiesta era privada ("no está respaldada por indicio alguno"), sino que existen indicios "muy significativos" de lo contrario: "Empezando por la publicidad, a lo que se suma que el aforo llegó a completarse y los organizadores decidieron no dejar entrar a más personas".

Otra cuestión que el tribunal destaca es "la inexistencia de planes de seguridad y emergencia". Se refiere al "grave riesgo para la seguridad y salubridad de las personas" porque la fiesta tuvo lugar en un antiguo polvorín abandonado del ejército y al de incendio, debido a que se sitúa en una zona boscosa.

Sobre la pretensión de Ideas Ibiza SL de que la sanción fuera la mínima (10.000 euros), la sentencia señala que los recurrentes no lo justifican ni tampoco desvirtúan las razones que llevaron al Ayuntamiento a situarla en 50.000 euros. Aparte de insistir en que fue un acto "multitudinario de grandes dimensiones", destaca, "el innegable riesgo de incendio".

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