Crisis institucional

El Constitucional se ratifica en la paralización de la reforma exprés

La fiscalía alertaba al TC del "peligro" del precedente de paralizar la reforma exprés y pedía sin éxito tramitar la recusación presentada por Unidas Podemos de González-Trevijano y al magistrado Narváez

Una imagen de la fachada del Tribunal Constitucional.

Una imagen de la fachada del Tribunal Constitucional. / EP

Ángeles Vázquez / Cristina Gallardo

No ha habido sorpresas y el Tribunal Constitucional ha ratificado la paralización de la reforma exprés del Gobierno que acordó el lunes, al rechazar por seis votos a cinco el recurso del Senado que pedía que levantara la medida para poder votarla en el pleno de este jueves, informaron a este diario fuentes del alto tribunal.

De nada ha servido la advertencia que la fiscalía hizo al pleno en sus alegaciones a la impugnación de la Cámara alta, en las que dejaba constancia del "peligro" que supone el precedente que había sentado en sus relaciones con el poder legislativo y apoyaba con claridad el recurso con el que el Senado pretendía incluir las enmiendas relativas al TC paralizadas en la votación de este jueves de la reforma del Código Penal que deroga la sedición y modifica la malversación. El ministerio público lo consideraba "bien fundado" y destacaba la falta de precedentes y la premura con la que había actuado el tribunal.

Sin tramitar

Pero la alegación más interesante del ministerio público por lo que podía suponer en las mayorías del pleno era que instaba a abrir un incidente de recusación para resolver la presentada por Unidas Podemos, a la que se adhirió el PSOE, contra el presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano, y el magistrado Antonio Narváez, por ser los que ya tendrían designado un sustituto en caso de producirse la reforma. Consideraba que "aceptada la personación de dichas partes", y haber con ello quedado establecida "la relación jurídico procesal que operaba como óbice" para el tratamiento de asunto, ya no hay excusa para abrirlo "con carácter previo a resolver sobre la pretensión del Senado"

El pleno ha rechazado la argumentación fiscal y las recusaciones no han sido tramitadas, por lo que el recurso del Senado ha sido descartado con la misma proporción que se acordó la paralización de la reforma el lunes. Ello ha causado el malestar de los cinco magistrados de sensibilidad progresista, al entender que sus compañeros no han ofrecido explicaciones suficientes para que justificar su posición. Volverán a dictar el correspondiente voto particular.

El ministerio público señalaba en su escrito que, "al margen de cualquier valoración acerca de la disposición psicológica de los afectados", su sustitución cuando se produzca la renovación, "constituye un factor innegablemente condicionante de la apariencia de imparcialidad que de manera constante y enfática viene invocando, como factor esencial, tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo como la del propio Constitucional”.

Indefensión de los senadores

La Cámara alta argumentaba en su urgente impugnación que "pretendía preservar el curso normal de la actividad parlamentaria" y evitar la indefensión que sostiene produce a los senadores el paralizar la tramitación sin siquiera atender a sus alegaciones, argumento al que se suma la representación de Unidas Podemos.

"Es evidente -afirmaba Podemos- que la medida cautelarísima, lejos de respetar los límites que la ley impone al Tribunal Constitucional, acaba pulverizando los derechos fundamentales de una amplia mayoría de diputados y senadores, en lo que sin duda será un caso ciertamente paradigmático de perturbación grave sobre la tramitación legislativa de ambas cámaras."

La mayor perturbación

Por su parte, el Congreso de los Diputados señalaba que la suspensión del trámite parlamentario ha ocasionado "la mayor de las perturbaciones posibles que se puedan imaginar no solo a un interés constitucionalmente protegido, sino todavía más grave, a una función del Estado, como es la función legislativa otorgada en exclusiva a las Cortes Generales". 

En este sentido, el Congreso recordaba el artículo 66.3 de la Constitución, que establece que las Cortes Generales son inviolables, lo que según el escrito del órgano presidido por Meritxel Batet ha de entenderse que se extiende "al modo en que desarrollan sus funciones constitucionales". 

Explicaba que al impedirse al Senado pronunciarse sobre lo realmente aprobado por el Congreso, se impide que este volver a hacerlo sobre posibles enmiendas que la Cámara alta hubiera podido presentar. A ello se suma que el PP solo considere vulnerados sus derechos por las enmiendas referidas a cambios en la ley del poder judicial y la que regula el propio Constitucional, cuando había otras diferentes que en la ponencia se hizo constar que eran heterogéneas.

Resolución íntegra

Este jueves se espera que los cinco magistrados de sensibilidad progresista que discreparon de la paralización parlamentaria ordenada tengan listo el voto particular contra la inédita resolución del lunes y pueda notificarse a las partes junto con el auto. Se trata del vicepresidente del Tribunal Constitucional, Juan Antonio Xiol, y de los magistrados Cándido Conde-Pumpido, Ramón Sáez, María Luisa Balaguer e Inmaculada Montalbán.

Será interesante conocer la resolución completa del Constitucional, porque el pasado día 19 solo se conoció su parte dispositiva, en la que se acordaba la paralización parlamentaria y se admitía a trámite el auto de amparo del PP al apreciarse indicios de que podrían haberse visto vulnerados los derechos de representación política de los diputados por la forma en la que se habían introducido cambios en la ley orgánica del poder judicial yen la que regula el propio funcionamiento del Constitucional.

También se admitió la personación del Congreso y el Senado, así como de los diputados y senadores del PSOE y de Unidas Podemos que presentaron hasta una veintena de escritos en el alto tribunal para oponerse sin éxito a la suspensión de la tramitación parlamentaria.

Cuando se conozca la resolución en su totalidad, todas las partes podrán presentar el recurso previsto en el artículo 56.6 de la ley reguladora del Constitucional contra la decisión adoptada. El Senado ya ha anunciado que lo hará, pese a su primera y urgente impugnación rechazada esta noche.