DISPUTAS FAMILIARES

La Ley del 'sólo sí es sí' divide a las hermanas Serra: "Es el resultado de la improvisación, las prisas y la falta de escucha"

Clara e Isabel, las hermanas que iniciaron su carrera política en Podemos, diferencian su opinión sobre la Ley que está rebajando condenas por agresiones sexuales

Clara Serra

Clara Serra / EFE/Víctor Lerena

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La Ley del 'sólo sí es sí' ha traído división de opiniones en el feminismo. Los diferentes grupos parlamentarios critican o apoyan la ley orgánica que promulgó el Ministerio de Igualdad. La división ha llegado hasta tal punto que hasta las hermanas Clara e Isabel Serra, han chocado en opinión. Ambas comenzaron su vida política en Podemos en el año 2014. Clara como diputada en la Asamblea de Madrid, aunque ya no continua en activo, e Isabel como portavoz en el mismo órgano legislativo. Aunque hayan llevado una carrera política casi paralela, las hermanas han tomado una postura totalmente diferente en el debate.

La mayor de las hermanas, Clara Serra, se ha mostrado crítica contra la Ley 'sólo sí es sí' que entró en vigor hace apenas un mes y cuya piedra angular fue haber incorporado la necesidad del consentimiento expreso en las relaciones sexuales. Estas críticas de la exmiembro de Podemos en la Asamblea de Madrid, se deben a que algunas Audiencias Provinciales han revisado a la baja condenas impuestas por abusos y agresiones sexuales, justo lo contrario que se pretendía.

Al contrario que la ministra de Igualdad, Irene Montero, quién ha cargado contra los jueces acusándolos de "machismo" y de "incumplir" la ‘ley del solo sí es sí’. Clara Serra ha reconocido mediante un hilo de Twitter que Igualdad se ha equivocado en la aplicación de la ley integral. "Es el resultado de la improvisación, las prisas y la falta de escucha", explicaba en la red social.

Por otra parte, su hermana pequeña, Isabel Serra, ha contradicho la justificación de su hermana y ha defendido la tesis que sostienen en Podemos: "Hay una ola reaccionaria de los jueces contra los avances feministas. Esta vez pretenden avanzar incumpliendo la ley", mencionaba Isabel Serra en Twitter.

Dentro de las diversas opiniones que están surgiendo respecto a la Ley, Mónica García (Más Madrid) ha reconocido que la ley se tiene que revisar, mientras que en Unidas Podemos mantienen un núcleo en defensa de la ministra Irene Montero.

¿Por qué rebaja penas?

Un principio básico del Estado de derecho es la aplicación retroactiva de las leyes cuando son más beneficiosas para el reo, sea el delito que sea, por mucha repulsión que cause, porque mantienen sus derechos como persona. Así que si una ley que entra en vigor supone una rebaja de condenas, porque ha establecido la pena a imponer a partir de un rango más bajo, esa mejora debe trasladarse a la que se había impuesto a un condenado prácticamente de forma automática, según establece la propia Constitución española. Aunque en algún caso puede haber alguna duda, en las primeras sentencias por abusos a niños conocidas se rebajó la pena impuesta de ocho a seis años de prisión, porque se impusieron con el límite mínimo fijado por el Código Penal entonces. Ahora se ha aplicado el límite mínimo previsto tras la reforma.

¿Es porque los jueces son machistas?

Uno de los catedráticos de Derecho Penal consultados por El Periódico de Cataluña, del grupo Prensa Ibérica, admite que "los jueces son mayoritariamente conservadores", pero niega la mayor, que no actúen en cumplimiento de la ley vigente por machismo, por ejemplo. Hacerlo sería constitutivo de un delito: el de prevaricación, el más grave que puede cometer un magistrado. Añade que el mundo académico especializado en Penal, en cambio, es mayoritariamente de izquierdas y también advirtió mayoritariamente al Ministerio de Igualdad, en artículos y seminarios, del riesgo que suponía bajar el abanico punitivo. Igualdad lo hizo porque la ley hace desaparecer los abusos y todo pasa a ser considerado agresión sexual, pero, como es lógico, mantiene una graduación de penas para distinguir la gravedad de los casos. El experto también aclara que no es posible evitar las rebajas que se están produciendo, a través de la toma en consideración de circunstancias agravantes, porque eso supondría someter al reo a un segundo juicio y la prohibición de juzgar dos veces los mismos hechos también es una garantía del Estado de Derecho.

¿Se advirtió de este riesgo durante la tramitación?

Una profesora titular de Penal corrobora las advertencias que desde las universidades se lanzaron contra la nueva ley. Se referían, recuerda, a que el límite mínimo de las agresiones a los menores de 16 años se reducía, lo que obliga a adaptar las condenas a él. También que al hacer desaparecer los abusos y ser todo agresión sexual en un artículo único, queda al criterio de los jueces la aplicación de una pena u otra, lo que puede llevar a sentencias distintas ante una misma conducta.

Por su parte, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en su informe sobre la norma advirtió de que "la creación en el artículo 178 del Código Penal de una única categoría delictiva de agresión sexual que aglutina lo que hoy constituyen dos tipos distintos, el de agresión sexual y el de abusos sexuales, conlleva una indiferencia valorativa de los medios comisivos que choca con el principio de proporcionalidad en una doble dirección". Por un lado, "puede tener un efecto de desprotección de las víctimas, pues para el autor del delito no tendrá mayores consecuencias emplear un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor. Pero también se incurre en el riesgo de castigar con gran severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad", señalaba. 

¿Se puede hacer algo por evitar esta rebaja?

No. Los expertos consultados coinciden en que igual que se tiene que aplicar retroactivamente toda norma beneficiosa para el reo, está expresamente prohibido hacerlo cuando es perjudicial. De tal forma, que una reforma ahora de la ley del sí es sí solo tendría aplicación para los delitos cometidos cuando el cambio ya estuviera en vigor, pero no para los casos en los que se deba rebajar la pena con la ley tal y como está. Tampoco creen que hubiera cambiado algo acompañar el texto con una disposición transitoria que precisara su aplicación, porque la jurisprudencia siempre interpreta la ley en los términos más favorables para el reo. En cualquier caso la última palabra la tendrá el Tribunal Supremo, que resolverá los recursos de casación que se presenten.