Cotización

Atención, becarios: tus prácticas ahora cuentan como 5 años de cotización para la Seguridad Social

Las personas que realizaron prácticas formativas antes de 2024 pueden beneficiarse esta nueva medida si cumplen las condiciones establecidas por la Seguridad Social

Las personas que hayan hecho prácticas formativas antes de 2024 podrán añadir 5 años a su cotización si cumplen estos requisitos, según la Seguridad Social.

Las personas que hayan hecho prácticas formativas antes de 2024 podrán añadir 5 años a su cotización si cumplen estos requisitos, según la Seguridad Social. / PIM

H. S.

Ya hace un año desde que las personas en prácticas formativas cotizan en la Seguridad Social tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2023. Sin embargo, muchas personas se preguntaron si también se podría recuperar la cotización de las personas que hubiesen realizado prácticas formativas antes del 1 de enero de 2024.

En abril del 2024, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aprobó una orden con la que las personas que hubiesen realizado prácticas anteriores a la fecha mencionada, podrían suscribir un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social para sumar hasta un máximo de cinco años a su cotización y, por lo tanto, adelantar su jubilación. 

Requisitos para sumar 5 años más de cotización

El ministerio aprobó en agosto una nueva orden publicada en el BOE con la que modifica los requisitos para poder computar estos años de cotización. La nueva normativa incluye a aquellos que realizaron prácticas académicas sin cotizar antes de 2024, en el caso de las no remuneradas, o antes del 1 de noviembre de 2011 en otros supuestos. Según la Seguridad Social, las prácticas deben ser de las siguientes formas:

  • Prácticas universitarias: Aquellas realizadas por estudiantes con una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o un título propio emitido por la universidad.
  • Prácticas de formación profesional (FP): Aplicable siempre que las prácticas no formen parte del régimen de formación profesional intensiva, es decir, que no tengan carácter laboral.
  • Prácticas en enseñanzas artísticas y deportivas: Esto incluye las enseñanzas artísticas superiores, las enseñanzas artísticas profesionales y las enseñanzas deportivas del sistema educativo.
  • Formación investigadora: Los participantes en programas de formación investigadora, tanto en España como en el extranjero, también pueden acogerse a esta normativa.

Plazo para solicitar la recuperación y cantidad a pagar

Los interesados en recuperar cotizaciones por prácticas académicas no remuneradas tienen hasta el 31 de diciembre de 2028 para solicitar un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

La base de cotización se ajustará a la mínima del grupo 7 del Régimen General vigente en el año en que se realizaron las prácticas, en lugar de emplear la base actual. El coste mensual estimado por cada periodo cotizado oscilará entre 40 y 140 euros para prácticas realizadas entre 1980 y 2006, señala la Seguridad Social. Una vez calculado el total, se aplicará un coeficiente de reducción del 0,77 para definir la cuota final a pagar.

Cómo solicitar la recuperación

La solicitud se puede presentar en el apartado "Alta, baja o variación de datos del convenio especial" dentro de la sección “Trámites y Gestiones” de la web de la Seguridad Social. A continuación, será necesario aportar la documentación indicada. El plazo de resolución es de seis meses, y si no hay respuesta, se entenderá que ha sido aprobada por silencio administrativo.