POLÉMICA MEDIDA
¿Qué nos pedirán a partir de ahora al viajar y alojarnos en un hotel o apartamento?
Los usuarios deberán facilitar desde este lunes muchos más datos en cumplimiento de un real decreto que se aprobó en 2021 pero que ahora pasa a ser obligatorio

Turistas en un hotel. / EP
Ya se hacía en periodo de pruebas, pero ahora es obligatorio. Al alojarnos en un hotel, apartamento o piso turístico o contratar con una agencia de viajes debemos dar a partir de este lunes muchos más datos en cumplimiento de un real decreto que se aprobó en 2021 pero que ahora pasa a ser obligatorio y que tiene como objetivo que la policía y las fuerzas armadas dispongan de la mayor información posible de cara a la prevención y lucha contra el terrorismo y el crimen organizado. El sector se opone totalmente a la medida, al afirmar que supone una mayor carga administrativa y que acabará encareciendo los servicios turísticos.
1. Qué datos nos van a pedir al viajar y alojarnos?
Al realizar la reserva o la formalización del contrato o, en su caso, su anulación o al inicio de los servicios contratados las empresas dedicadas a servicios turísticos deben recabar datos que van más allá de aquellos incluidos en documentos oficiales exigidos hasta ahora (DNI y pasaporte). Y estos son la forma de pago, el número de la tarjeta de crédito, el teléfono móvil y fijo o el domicilio y volcarlos a una aplicación desarrollada por Interior (ses.hospedajes) en un plazo inferior a 24 horas para que el ministerio pueda disponer de esa información con inmediatez.
Concretando, los datos a aportar por parte del viajero son: nombre, apellidos, sexo, número del DNI, tipo de documento (DNI, pasaporte, NIE), nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia habitual, dirección completa, localidad, país, teléfono fijo, móvil, correo electrónico, número de viajeros y relación de parentesco entre los viajeros (en el caso de que alguno sea menor de edad). La mayoría de los datos están incluidos en el DNI y el pasaporte, de forma que al escanear estos documentos se extrae automáticamente toda la información, como hacen ahora los hoteles para enviarlos a la Policía Nacional o la Guardia Civil. Pero a partir de ahora también se requerirá a quien presta el servicio los datos del contrato (número de referencia, fecha y firma del contrato, fecha de entrada y salida o entrega y devolución del vehículo y, en caso de inmueble, los datos del mismo, así como datos de pago). Interior defiende que la mayoría de esta información se recoge ya habitualmente para otras labores y no se exigirá información sobre la que no se tenga conocimiento.
2. ¿En qué casos nos pueden exigir estos datos?
Los tipos de actividades sujetas a esta obligación son los hoteles, hostales, pensiones, casas de huéspedes, establecimientos de turismo rural o análogos, así como cámpings y zonas de estacionamiento de autocaravanas, cualquiera que sea su titularidad o régimen de uso, apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares de carácter turístico.
También los operadores turísticos que presten servicios de intermediación entre las empresas dedicadas a la hospedería y los consumidores, como son las agencias de viajes físicas y digitales, siempre que ofrezcan servicios en España, así como a particulares y empresas que se dedican a actividades de alquiler de vehículos a motor sin conductor y sus intermediarios. Asimismo deben cumplir con esta obligación las plataformas digitales dedicadas, a título oneroso o gratuito, a la intermediación en estas actividades a través de internet, siempre que ofrezcan servicios en España e incluso los particulares que alquilan pisos turísticos. Quedan excluidos los taxis y, en general, el arrendamiento de vehículos con conductor.
3. ¿Qué finalidad tiene esta medida?
El objetivo de esta medida es contar con la mayor información posible de cara a la prevención y lucha contra el terrorismo y crimen organizado, cuyo 'modus operandi' tiene en la logística y uso de vehículos a motor como un factor determinante, según el ministerio de Interior. Y al disponer de esta información se puede localizar a cualquier persona sobre la que conste una 'requisitoria', como puede ser un testigo que no se haya presentado en un juicio o el expresident Carles Puigdemont. La exposición de motivos de real decreto explica que esta medida "resulta de suma importancia para garantizar la vida y la libertad de los miembros de nuestra sociedad en el contexto actual". También justifica las medidas introducidas en que con los cambios de hábitos y en el sector quedaban fuera del ámbito de aplicación "las nuevas modalidades de actividades de hospedaje, como son las viviendas turísticas de corta duración explotadas por empresas o particulares mediante el registro en portales o centrales de reserva a través de medios digitales o internet". Ya, a su vez, la normativa actual tampoco permite "que se facilite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad toda la información disponible, necesaria para que puedan realizar sus labores de prevención y protección".
4. ¿Por qué protesta el sector ante estas medidas?
El sector de los hoteles, las agencias de viajes y demás se queja de que la nueva obligación supone una "carga administrativa desproporcionada". El Ministerio de Interior defiende que no son más datos de los que ya recaban para otras cuestiones, como puede ser la elaboración de estadísticas. Además la norma que impulsó su creación (real decreto 933/2021) fue aprobada el 26 de octubre de 2021, pero su aplicación se retrasó en hasta tres ocasiones para facilitar la adaptación de las empresas. Los hoteles insisten en su amenaza de iniciar acciones legales contra el Gobierno, mientras que las agencias de viajes sostienen como "jurídicamente defendible" su exclusión, ya que la ley orgánica de la que emana el real decreto no incluye su actividad, así como la del turismo de negocios y corporativo al tratarse de personas que viajan "con motivo de su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión" por lo que consideran que "no son consumidores" de acuerdo con la definición incluida en la Ley General para la Defensa de los consumidores y usuarios.
En sus primeros dos años y a pesar de no ser todavía obligatorio, se han registrado en la citada plataforma 61.540 establecimientos hoteleros, 1.094 agencias de viajes, 222 plataformas digitales y 1.720 empresas de alquiler de vehículos a motor y se han recabado 4,8 millones de datos de usuarios que han permitido localizar a 18.584 personas que figuraban en bases de datos de señalamientos nacionales o del sistema Schengen. El registro no tiene una finalidad recaudatoria ni sancionadora, según Interior, pero su incumplimiento supondrá multas de entre 100 y 30.000 euros, en función de la gravedad que irá desde ineficiencias en la información hasta la omisión por completo del deber de realizar las citadas comunicaciones.
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