Fútbol

¿Cuánto cobra un jugador de fútbol de 1ª RFEF y 2ª RFEF?

El Convenio colectivo aprobado en mayo establece el nuevo salario mínimo para los jugadores de estas categorías

El Convenio colectivo publicado en el BOE en mayo establece las modificaciones salariales de los jugadores de primera y segunda RFEF.

El Convenio colectivo publicado en el BOE en mayo establece las modificaciones salariales de los jugadores de primera y segunda RFEF. / Kike López

Helena Sala

Helena Sala

El fútbol profesional en España incluye la Primera y Segunda División, organizadas por la Liga de Fútbol Profesional, además de la Liga F. Desde 2021, la RFEF reestructuró la pirámide eliminando la Segunda B para crear la Primera RFEF, una categoría de bronce con 40 equipos

Esta reforma buscó garantizar una mayor competitividad y limitar el acceso a clubes más sólidos, con la Segunda RFEF como barrera intermedia. Aunque algunos son partidarios de volver a la Segunda B, el proceso avanza con la aprobación de un nuevo convenio colectivo en mayo donde se establecieron algunos cambios en términos salariales para la actividad del fútbol profesional en la tercera categoría del fútbol nacional. 

Subida salarial para la temporada 2025/2026

El texto establece que el salario se incrementará según el IPC durante las siguientes temporadas. Además, modifica la cantidad del salario mínimo, que pasa de 20.000 a 25.000 euros para la temporada 2025/2026, mientras no se alcancen los 500.000 euros de ingresos por Club/SAD.

Además, el futbolista profesional “percibirá durante el período de vacaciones el importe correspondiente al sueldo mensual incrementado, en su caso, por cualquier otro concepto que proceda y al que tenga derecho”.

También se garantiza que la retribución económica “se repartirá preferiblemente en mensualidades” y que la cuantía dependerá de distintos conceptos salariales como: la prima de contratación o fichaje, la prima por objetivos, las pagas extraordinarias, el premio de antigüedad, la ayuda de vivienda y los derechos de explotación de imagen.

Premios por antigüedad

Uno de los puntos más destacados de este convenio es el artículo 31, que recoge los importes que deberá percibir el futbolista profesional en concepto de antigüedad, siempre que haya permanecido en el mismo equipo como futbolista profesional durante un período de 4 o más temporadas consecutivas.

El futbolista que haya permanecido en el mismo equipo durante cuatro temporadas consecutivas recibirá el 10 % del salario anual correspondiente al último año de su contrato, quienes hayan completado cinco temporadas consecutivas recibirán el 12,5 % y los que hayan cumplido seis temporadas consecutivas tendrán derecho al 15 %.

Por otro lado, aquellos que alcancen siete temporadas consecutivas recibirán el 17,5 %, y quienes lleguen a ocho o más temporadas consecutivas obtendrán el 20 % del salario anual correspondiente al último año de su contrato. 

Además, para el cálculo de este premio se considerarán los “años de servicio en los que el futbolista haya podido estar en situación de cedido” y “la cantidad abonada por tal concepto no será renunciable, ni absorbible o compensable con otros conceptos salariales o extrasalariales que se acuerden entre las partes”.