SEGURIDAD SOCIAL

Problemas que podrán tener los que cobran la pensión de viudedad en 2024

Un grupo de señores mayores paseando por la calle

Un grupo de señores mayores paseando por la calle

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El pasado mes de julio de este 2023, las pensiones tuvieron una leve subida. Sin embargo, según las estimaciones de la Seguridad Social, las pensiones contributivas tendrán un descenso de un 4% en 2024. Mientras que las pensiones no contributivas experimentarán una leve subida. Aunque, tal y como menciona la Seguridad Social, la pensión de viudedad podría descender en los pensionistas que perciben el complemento a mínimos, si estos superan un límite de ingresos.

Pensión de viudedad de la Seguridad Social

Son alrededor de 600.000 las pensiones de viudedad en España que perciben un complemento a mínimos, pensado para aquellas pensiones contributivas que no llegan a la pensión mínima que establece el Gobierno. Sin embargo, para recibir ese complemento es necesario cumplir unos requisitos económicos, por lo que posibles cambios en los ingresos o en el patrimonio de los beneficiarios podrían provocar su pérdida.

Características del complemento a mínimos

Esta cuantía no tiene carácter consolidable y es revisado de forma anual. Es decir, que para mantenerlo hay que cumplir cada año con los requisitos y no superar el límite de rentas. Esta es la forma en la que la Seguridad Social podría retirarnos el complemento, pasándonos del límite de rentas y quedándonos con una pensión inferior a la cuantía mínima.

Límite de ingresos de la Seguridad Social

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Para 2023, el límite de ingresos están en los 8.614 euros anuales para pensionistas sin cónyuge a cargo o que no tienen cónyuge. Si el pensionista tiene cónyuge a cargo, el límite asciende hasta los 10.048 euros al año. Sin embargo, es probable que estos límites aumenten para 2024 tras la revalorización de las pensiones. 

La Seguridad Social aclara que solo deben comunicar los ingresos los pensionistas que prevean recibir en 2023 ingresos superiores a los límites establecidos. Sin embargo, en las pensiones no contributivas sí es obligatorio presentar la declaración anual de ingresos.