RECUPERAR PARO
La explicación del SEPE sobre cómo recuperar el derecho a paro si lo has perdido de esta forma
Según se recoge en la ley, si un trabajador decide abandonar su puesto de trabajo de forma voluntaria sin una causa justificada, perderá el paro

Varias personas en la puerta de una oficina del SEPE.
Un empleado puede abandonar la empresa donde trabaja por voluntad propia o por decisión de la compañía. Sin embargo, si un trabajador decide abandonar su puesto de trabajo de forma voluntaria sin una causa justificada, perderá uno de sus principales derechos, el paro. Ese es el problema al que se enfrentan muchos trabajadores, ya que en la mayor parte de los casos la ley beneficia a las empresas en lugar de al empleado. Según el SEPE, "para cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo".
Además no no poder percibir el paro, el trabajador que decide abandonar su empresa por voluntad propia no podrá cobrar la indemnización por despido. En este caso, la medida es evitar fraudes en el cobro de prestaciones, ya que se exige que la situación de desempleo debe ser legal, algo que no incluye la baja voluntaria. Los supuestos en los que no se considera que el trabajador esté en situación legal de desempleo se recogen en el artículo 267.2 de la ley General de la Seguridad Social, entre los que se apunta que esta situación se produce "cuando cesen voluntariamente en el trabajo, salvo lo previsto en el apartado 1.a) 5º".
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Por movilidad geográfica
Si el empresario no notifica con 30 días de antelación al trabajador
Por una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter individual
Al verse obligada a abandonar su puesto por ser víctima de género
Por falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado
Tres meses desde el cese voluntario
El SEPE también apunta que si más adelante se trabaja en una nueva empresa y le cesan por no haber superado el período de prueba por decisión del empresario y no han transcurrido más de tres meses desde que abandonó voluntariamente la empresa anterior, "tampoco tendrá derecho a una prestación por desempleo". Sin embargo, si estos tres meses han sido superados y la nueva empresa considera que no ha pasado el período de prueba, sí podrá verse beneficiado de la prestación por desempleo siempre y cuando se cumplan el resto de requisitos. Por supuesto, desde el SEPE advierten de la necesidad de estudiar cada caso concreto "para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley".
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