PRESTACIONES

Cómo jubilarte con el 100% de la pensión, aunque hayas cotizado menos años

Un empleado que estuviera sin trabajo durante tres años antes de la jubilación podría acogerse a la doctrina del paréntesis y hacer que esa etapa no cuente y así conseguir el 100% de la pensión

Las pensiones contributivas subirán a partir del año que viene

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C. López

Los trabajadores necesitan trabajar los 25 años anteriores a su jubilación para poder retirar con la pensión máxima de la Seguridad Social. Eso implica que aquellos que pierdan su trabajo en algún momento y no hayan cotizado durante algún tiempo verán reducida su prestación. La edad ordinaria de jubilación está situada en los 65 años para los que hayan cotizado 37 años y nueve meses. Para cobrar la pensión son necesarios, al menos, haber cotizado 15 años y que al menos dos de esos años hayan tenido lugar 15 años antes de solicitar la jubilación. El cálculo de la pensión se realiza en base a las cotizaciones de los últimos 300 meses (25 años), que hay que sumar y con el resultados dividirlo entre 350. El resultado es la base reguladora, el 100% de la pensión si se cumple con todos los requisitos.

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A estas cotizaciones se les puede añadir periodos no cotizados como las lagunas de integración o los convenios especiales de la Seguridad Social, que permiten rellenar con bases inexistentes algunos periodos sin cotizar del trabajador, como las lagunas de integración o los convenios especiales de la Seguridad Social. Pero, qué ocurre cuando no se puede acceder a ellos. En estas ocasiones se aplica la doctrina del paréntesis, una regla jurisprudencial que permite acceder a la jubilación en situaciones ajenas a la voluntad del trabajador. En este tiempo no se realizan cotizaciones y eso puede afectar a la pensión futura. El objetivo de la doctrina es evitar que ese periodo afecte a la base reguladora y, por ende, a la cuantía de la pensión de jubilación. La justificación se basa en la falta de voluntad por parte del trabajador, ya que el motivo de no cotizar debe ser ajeno a su voluntad.

Un empleado que estuviera sin trabajo durante tres años antes de la jubilación podría acogerse a la doctrina del paréntesis y hacer que esa etapa no cuente y así conseguir el 100% de la pensión. Según la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en 2018, esta doctrina está pensada para:

  • Aquellos en paro involuntario, no subsidiado. Tiene que existir una inscripción como demandante de empleo.

  • Una persona que se encontrase en la antigua situación de invalidez provisional, en la cual existía la obligación de cotizar .

  • Aquel que cobra una pensión no contributiva de invalidez.

  • Para quien haya cumplido una condena en la cárcel, durante la carrera profesional, siempre y cuánto se muestra disponibilidad para el trabajo, mediante la realización de servicio personal.

  • Para quien haya padecido una enfermedad que le hubiera impedido trabajar.