TRIBUTACIÓN DE REGALOS

¿Es obligatorio declarar a Hacienda los regalos de bodas, bautizos y comuniones?

En época de bautizos, bodas y comuniones, puede surgir la duda de si hay que dar cuentas o no al fisco por los regalos

El palacete de la 'Familia Reyzábal' que vende la Iglesia por 795.000 euros

Imagen de la celebración de una boda.

Imagen de la celebración de una boda. / UNSPLASH

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H.G.

Mayo y junio son época de bodas, bautizos y comuniones. Una tríada de celebraciones que siempre llevan una obligación asociada: los regalos. Esos regalos que pueden hacer tanta ilusión como resultar un auténtico quebradero de cabeza. Pero que, además, abarcan un aspecto que solemos pasar por alto: ¿hay que declarar a Hacienda este tipo de regalos?

Pues la respuesta varía en función de la cantidad de dinero. Para pequeñas cantidades de dinero, no es necesario hacer ningún trámite, pero cuando hablamos de cuantías mayores, la cosa cambia.

Los regalos de bodas, bautizos y comuniones, no tributan conforme al IRPF, sino que lo hacen a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que viene definido por cada comunidad autónoma, por lo que el importe varía.

Estos presentes son, según la ley, «adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito» entre intervivos. El tipo de tributación, por tanto, dependerá de la cantidad, el patrimonio del cónyuge o de la pareja, su régimen fiscal y el territorio.

¿A partir de qué cantidad vigila Hacienda los regalos?

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Si bien la ley indica que todos los regalos de boda se tienen que declarar, estos no están entre los objetivos primordiales de Hacienda. Siempre que no se exceda de cierta cantidad, no se debería de tener problemas con el organismo público. ¿Cuál es este límite de dinero?

Aproximadamente, unos 3.000 euros. Se examina la obligación legal a partir de esta cantidad, un ‘tope’ que podría empezar a llamar la atención del fisco. Si es en efectivo, el límite son 500 euros. Además, conviene tener en cuenta que Hacienda puede pedir explicaciones hasta cuatro años después de la celebración.