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Las ayudas que puedes pedir al SEPE por Internet para mejorar los ingresos

En abril el número de parados bajó en 73.890 personas, hasta un total de 2,7 millones

La ayuda de 200 euros de Hacienda podría llegar finalmente este septiembre

La ayuda de 200 euros de Hacienda podría llegar finalmente este septiembre

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Redacción

En abril, el número de parados bajó en 73.890 personas, hasta un total de 2,7 millones. Es la cifra más baja desde 2008, pero sigue siendo la más alta de toda la Unión Europea. Entrar en ese colectivo de forma involuntaria supone una pérdida de poder adquisitivo y en muchas ocasiones desconocimiento sobre las ayudas que se pueden percibir y las vías a través de las cuales solicitarlas.

Tanto las nuevas medidas abordadas por el Gobierno para cubrir económicamente a los desempleados -como la reforma laboral o el derecho a paro de las empleadas del hogar- como las más antiguas -la modalidad contributiva y la no contributiva- son ejemplos de estas ayudas.

Y en la mayoría de los casos, es posible obtenerlas por la vía telemática. Para ello, los interesados deberán registrarse e identificarse en la Sede Electrónica del SEPE mediante el certificado digital o estar registrado en el Sistema Cl@ve.

Prestación contributiva

‘El paro’, o prestación contributiva por desempleo, se puede solicitar siempre que una persona se quede sin trabajo o en una situación legal de desempleo con más de 360 días trabajados previamente. Los desempleados tienen 15 días para solicitar el paro desde la pérdida del empleo, y el SEPE resuelve los expedientes en menos de un mes.

No es necesario haber alcanzado la edad legal para jubilarse, ni tampoco cotizar como trabajador autónomo. En cuanto a su cuantía, esta se obtiene calculando la base reguladora (suma de los seis últimos meses bases de cotización por contingencias profesionales). En segundo lugar, aplicando un porcentaje del 70%, durante los primeros 180 días de cobro; y de un 60%, a partir del día 181.

Subsidios

Una persona que haya agotado la duración máxima de paro que le corresponda -nunca superior a dos años-, cuando no encuentre empleo y tenga una carencia de rentas, tiene la posibilidad de cobrar un subsidio por desempleo. Para su más rápida reinserción, reciben formación y ayudas económicas. 

Entre los seis tipos de subsidios por desempleo, cuyos beneficiadios nunca podrán tener unos ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (menos de 810 euros al mes), están el de insuficiencia de cotización y el de ayuda familiar. Estos beneficiarios deben suscribir el compromiso de actividad y estar en búsqueda activa de empleo.

Renta Activa de Inserción (RAI)

En el caso de que se haya agotado las prestaciones contributivas y los subsidios por desempleo pero se siga en paro, el SEPE ofrece una renta activa, siempre que no tenga ingresos mensuales superiores al 75% del SMI y no haya recibido la prestación de manera previa. La RAI se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efecto al día siguiente de la solicitud. En este caso la cuantía será del 80% del IPREM que para 2023 se encuentra en los 600 euros de manera general, aunque puede variar dependiendo de la cantidad de hijos y cargas que se tengan.

Prestación para mayores de 45 años

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Aquellos que tengan más de 45 años, hayan agotado la prestación contributiva y no tengan cargas familiares como hijos, también pueden encontrar ayuda en el SEPE. Para acceder a ella se debe estar en desempleo y estar inscrito como demandante de empleo así como contar con el compromiso de actividad firmado. Obviamente, se debe tener el certificado de haber agotado la anterior prestación y carecer de rentas que superen el 75% del salario mínimo.

Prestación para mayores de 52 años

En el caso de contar con más de 52 años hay una prestación que es previa a la jubilación y que está enfocada a dar protección a aquellas personas que por su edad ya tienen muy complicado entrar al mercado laboral nuevamente una vez despedidos. También es una prestación que está encaminada a aquellas personas que carecen del derecho de protección por desempleo y de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).