AENC
¿Cómo afecta a tu bolsillo el acuerdo salarial entre patronal y sindicatos?
El pacto entre los agentes sociales contempla incrementos del 4% para este 2023 y del 3% para 2024 y 2025, respectivamente
El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi (izquierda), junto a los líderes de CCOO, Unai Sordo (centro) y Pepe Álvarez (derecha).
La gran patronal CEOE y los sindicatos con representación mayoritaria entre los trabajadores, CCOO y UGT, han alcanzado un acuerdo sobre cómo deben subir los salarios en los próximos años. Los agentes sociales, tras semanas de discretas negociaciones y un primer intento fallido de ordenar la negociación colectiva, han salvado sus diferencias y han consensuado que los sueldos deben aumentar al menos un 10% acumulado durante los próximos tres años.
Un pacto con letra pequeña, al que ha tenido acceso El Periódico de Catalunya, del grupo Prensa Ibérica, que puede no afectar a todos los trabajadores por igual y que deberá tener su recorrido en la negociación de convenios que periódicamente van renovando en empresas y sectores la parte empresarial y sindical. Aquí las principales claves del acuerdo alcanzado entre los agentes sociales.
1. ¿Qué han pactado exactamente?
Patronal y sindicatos han cerrado un principio de entente sobre el denominado Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). Este es una especie de 'convenio de convenios' que periódicamente renuevan la patronal y los sindicatos más representativos a nivel estatal. Dicho documento recoge una serie de elementos que las partes se comprometen a introducir en la negociación de los distintos convenios sectoriales que van renovando. El principal es el salario, si bien también los AENC suelen incluir otras recomendaciones en materia de jornada laboral o seguridad.
En el preacuerdo alcanzado, y que deberán acabar de sellar los máximos órganos de patronal y sindicatos, las partes se comprometen a que los salarios suban al menos un 10% hasta el 2025. A tenor del 4% para este 2023 y del 3% para 2024 y 2025, respectivamente.
A esos aumentos base se suma un incremento adicional y no retroactivo del 1%, dependiendo de la evolución del IPC. Es decir, si el IPC cierra este año por encima del 4%, las empresas deberán incrementar en un punto las nóminas a partir del 1 de enero del 2024. Por lo tanto, los sueldos, de facto, deberán subir un 4% y no un 3% en 2024. El mismo mecanismo impera para los dos ejercicios siguientes.
2. ¿Subirán automáticamente todos los sueldos?
No. El AENC es una hoja de ruta para guiar las negociaciones sectoriales y dependerá de la renovación de cada convenio su aplicación. Es decir, a partir de mañana las empresas no estarán obligadas automáticamente a subir todos los sueldos un 4%. Ni los trabajadores podrán plantarse en los juzgados a reclamarlo.
La revisión de los sueldos depende de la periódica renovación de los convenios colectivos, que son los pliegos que de manera general aplican para cada sector, ya sea de corte provincial, estatal o autonómico. El sueldo de cada trabajador se actualiza cuando lo dicta el convenio y hasta que este no se renueve no podrá recoger las recomendaciones pactadas por patronal y sindicatos.
3. ¿Es de obligado cumplimiento?
No. El AENC no tiene carácter normativo y es una recomendación que compromete pero no obliga legalmente a las partes. Tradicionalmente ha jugado un rol de referencia, si bien los propios firmantes, en sectores concretos, han acabado pactando convenios con incrementos por encima o por debajo de lo acordado. Es decir, a partir de ahora todos los convenios no será obligatorio que se renueven por tres años con un incremento acumulado del 10%. Si bien desde las cúpulas de las organizaciones empresariales y sindicales llaman a los suyos a respetar las horquillas pactadas.
4. ¿Afecta a todos los sectores?
Sí y no. El AENC es una hoja de ruta salarial que compromete a los firmantes y solo a los firmantes. La CEOE y CCOO y UGT son agentes sociales más representativos y en la mayoría de sectores son mayoritarios. Es decir, son ellos los que negocian los convenios y tienen la legitimidad legalmente reconocida para que lo que ellos pacten rija para todos. No obstante, en determinados sectores o territorios los agentes más representativos son otros y ellos no están atados por las horquillas salariales del AENC.
Noticias relacionadasPor ejemplo, la patronal de las pequeñas y medianas empresas catalanas, Pimec, no es firmante y en aquellos convenios en los que negocia puede plantear incrementos salariales diferentes. En Euskadi centrales como LAB tienen fuerte peso en determinados sectores y tampoco se sienten interpelados por el acuerdo general.
5. ¿Qué pasa con los convenios ya firmados?
El AENC es una referencia salarial para renovar los futuros convenios. Aquellos que ya están firmados y no han vencido todavía no se ven inmediatamente afectados por este acuerdo. En todo caso, una vez venzan, las partes pueden decidir hacer suyo ese incremento acumulado del 10% a tres años. Pero no obliga a los firmantes de un convenio colectivo en vigor a volver a sentarse a la mesa y actualizar los incrementos salariales pactados. Está pensado para un convenio que esté actualmente en negociación o que vaya a vencer en breves y así servir de referencia para su actualización.
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