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Espacio para autónomos y pymes: las novedades de la declaración de la renta aplicadas a los autónomos

  • "Más allá de las novedades relativas al límite en las aportaciones a los planes de pensiones privados, que pasa de 2.000 euros a 1.500 euros, lo que afectará al 40% de los autónomos que tienen contratados estos vehículos de previsión social complementaria"

La campaña de la Renta 2022 comienza el día 11 de Abril.

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Redacción

En una coyuntura económica especialmente complicada debido a la escalada de precios, los autónomos y las pymes son los primeros en revisar sus cuentas, poner en orden sus negocios y ajustarse a la incertidumbre económica. Con el objetivo de que funcione como punto de encuentro y también como un medio de apoyar a este segmento económico clave, Celia Ferrero, vicepresidenta ejecutiva de la Asociación de Autónomos (ATA), responderá una vez al mes alguno de los correos electrónicos enviados a autonomosypymes@prensaiberica.es y ofrecerá respuestas para orientar a los emprendedores en temas profesionales. Todas las consultas deberán hacerse con nombre, apellido y DNI. En esta ocasión, las respuestas que se han recogido van desde las ventajas fiscales de los autónomos en la renta hasta las posibles declaraciones complementarias.

PREGUNTA (P). Se habla de ventajas fiscales para autónomos en la renta, pero mi gestor me dice que son para aplicar en la declaración de 2024. ¿Es así?

RESPUESTA (R). No le falta razón. Más allá de las novedades relativas al límite en las aportaciones a los planes de pensiones privados, que pasa de 2.000 euros a 1.500 euros, lo que afectará al 40% de los autónomos que tienen contratados estos vehículos de previsión social complementaria, la ampliación de la reducción general del 5% al 10% en el IRPF aprobada en 2022 en los Presupuestos Generales del Estado afectará solo al ejercicio 2023 y, por tanto, será aplicable en la declaración de la renta de 2024. Pero hay excepciones. 

Por un lado, en el caso de los autónomos de ciertas comunidades autónomas cuyos ejecutivos han deflactado algunos o todos los tramos de IRPF o han aprobado otro tipo de ventajas fiscales de forma retroactiva a partir del 1 de enero de 2022. Estas son: Comunidad de Madrid, Andalucía, Galicia, Murcia, Comunidad Valenciana, País Vasco y Castilla-La Mancha. De todas formas, es esencial, en estas y en el resto de las regiones, comprobar si cumplimos con los requisitos como beneficiarios de las mismas y si existen otras ayudas que como contribuyentes generales por nuestras circunstancias específicas nos corresponden.

Por otro lado, en el caso de los autónomos en estimación objetiva o módulos que tributaron en dicho régimen durante 2022, podrán, una vez calculado el rendimiento neto previo minorado en el caso de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales o rendimiento previo neto para el resto de moduleros, aplicarse una reducción general del 15%, antes del 5%, ya en esta declaración. Es decir, podrán restar el 10% más a su rendimiento neto en esta renta.

También los autónomos en actividades agrícolas y ganaderas en estimación objetiva podrán minorar su rendimiento en un 35% por el precio de adquisición del gasóleo agrícola y en un 15% por el precio de adquisición de los fertilizantes, durante los periodos impositivos 2022 y 2023. Además, como consecuencia del elevado impacto que ha tenido la sequía, así como por el incremento de precios de los costes de los piensos y de la energía eléctrica, se mantienen para 2022 las modificaciones que para 2021 se establecieron para los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.

Por último, debido a las consecuencias de las erupciones volcánicas ocurridas en La Palma (Canarias) en septiembre de 2021, se establece para las actividades económicas desarrolladas por los autónomos en dicha isla una reducción especial, similar a la aprobada para el término municipal de Lorca (Murcia) a causa del terremoto acontecido en dicho municipio. Estas reducciones se aplicarán tanto en 2022 como en 2023.

P. Si me equivoco en mi declaración de la renta, ¿cuánto tiempo tiene Hacienda para reclamarme?

R. La AEAT tiene cuatro años para revisar y comprobar todos los importes de la declaración presentada desde que finaliza el plazo de presentación voluntario. Esto quiere decir que se tiene que guardar toda la documentación justificativa relativa a la declaración hasta esa misma fecha, pues durante ese periodo puede requerirnos dicha información en cualquier momento. 

Pero, cuidado, este plazo puede variar en función de si se ha paralizado el proceso por el que se ha solicitado información suplementaria y se han efectuado correcciones tanto por parte de la AEAT como por parte del propio autónomo. Es decir, la paralización pone el contador a cero desde la corrección. No disponer de dicha documentación puede conllevar el pago de sanciones de entre 150 euros y 600 euros. 

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P. Es obligado hacer la complementaria si me he deducido más o menos de lo debido con el nuevo sistema de cotizaciones?

R. Esta fue una de las cuestiones que se solventaron durante la negociación entre la Seguridad Social y la AEAT. Una vez que la Tesorería nos regularice después de la campaña de renta, no será necesario ninguna corrección ni declaración complementaria, la diferencia se compensará en la declaración del siguiente ejercicio.