PENSIONES

Estoy en jubilación activa ¿cómo tengo que cotizar con el nuevo sistema?

Todas las consultas deben hacerse con nombre, apellido y DNI al correo autonomosypymes@prensaiberica.es

Ofertas de empleo para autónomos.

Ofertas de empleo para autónomos. / SHUTTERSTOCK

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Celia Ferrero

En una coyuntura económica especialmente complicada debido a la escalada de precios, los autónomos y las pymes son los primeros en revisar sus cuentas, poner en orden sus negocios y ajustarse a la incertidumbre económica. Con el objetivo de que funcione como punto de encuentro y de apoyo a este segmento económico clave, Celia Ferrero, vicepresidenta ejecutiva de la Asociación de Autónomos (ATA), responde una vez al mes a alguno de los correos electrónicos enviados y ofrece respuestas para orientar a los emprendedores en temas profesionales. Todas las consultas deben hacerse con nombre, apellido y DNI al correo autonomosypymes@prensaiberica.es.

A continuación, la vicepresidenta ejecutiva de la Asociación de Autónomos (ATA) responde las siguientes cuestiones:

Estoy en jubilación activa, ¿cómo tengo que cotizar con el nuevo sistema?

Durante la jubilación activa, se seguirá cotizando pero con una cotización reducida. En la tabla hay que buscar el tramo de rendimientos que le corresponde y que determinará su base, y aplicar el tipo de incapacidad temporal (1,55%), más el de contingencias profesionales (1,3%), más el 9% de solidaridad. Es decir, un tipo del 11,85%. Aunque no sabemos si el MEI también deberá aplicarse.

¿Como autónomo, cómo me afecta la reforma de pensiones que ha aprobado el Gobierno?

Para entender la reforma es esencial que tengamos en cuenta cuál es el espíritu de la propuesta que plantea el ministerio: aumentar los ingresos de la Seguridad Social solo a través del incremento de las cotizaciones a empresas, trabajadores y autónomos. En concreto, plantea tres fórmulas para incrementarlos.

La primera es un incremento de las bases máximas del 38% hasta 2050, pero solo un incremento del 3,15% de la pensión máxima, según los datos ofrecidos por FEDEA. Es decir, que casi el millón de asalariados y autónomos que coticen por la base máxima (53.946 euros al año) pagarán casi el 40% más para recibir la misma pensión en 2050. 

La segunda es que a todos los ingresos que estén por encima de la base máxima se les aplicará una cotización de solidaridad del 6%. En este caso, se excluye a los autónomos, pero los sindicatos han pedido su inclusión, así que puede que también nos llevemos una sorpresa. 

Entre estas dos medidas, dado de que no llegamos al millón de declarantes, los ingresos adicionales que se producen no alcanzan los 3.283 millones… Es decir, ambas solo tienen una finalidad, poder vender que la reforma castiga a los ricos porque afecta poco, y resuelve aún menos, a la sostenibilidad del sistema. 

El IVA de la Seguridad Social

Por ello, el ministerio ha creado el "IVA de la Seguridad Social", que se aplica a todos los trabajadores, empresas y autónomos: el citado MEI (mecanismo de equidad intergeneracional). En la primera fase de la reforma de las pensiones, ya se estableció el 0,6% de incremento en el tipo de cotización para la sostenibilidad de las pensiones, porque entonces el ministerio consideraba que era suficiente para ello. En esta segunda fase de la reforma, se duplica este porcentaje hasta el 1,2%: para entenderlo, y esto sí afecta a todos los autónomos, el tipo que se aplica a la base de cotización resulta en la cuota de autónomos. En 2023, el tipo aplicable a la base se incrementó por el MEI (0,6%) pasando del 30,6% al 31,2%, que sobre una base de 1.000 euros resulta en una cuota de 306 euros a 312 euros. Y si le sumamos el otro 0,6% de esta segunda fase, alcanzamos los 318 euros.

La subida de bases máximas, la cotización de solidaridad y la subida del tipo de cotización no generan ningún derecho ni mejoran la pensión, se configuran como una barrera a la creación de empleo al encarecer su coste, disminuye la retribución neta de autónomos y asalariados y su poder adquisitivo con el fin último de garantizar el de los pensionistas, pero es que, además, son claramente insuficientes para asegurar la sostenibilidad del sistema. 

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Incluso así, hay algunos aspectos positivos. Por ejemplo, para el periodo de cálculo de la pensión se aplicará la fórmula más favorable para el contribuyente de los siguientes periodos: los últimos 25 años o los últimos 29 descartando los dos peores a partir de 2026. Por otro lado, se mejora la cobertura de lagunas de cotización, incluyendo a los autónomos, aunque solo se contemplan los seis meses posteriores a la extinción del cese de actividad.


/ Hiscox

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