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Declaración de la Renta 2023: fecha, plazos y novedades

Desde el próximo 11 de abril hasta el 30 de junio será posible liquidar los impuestos del pasado año a través de internet

Declaración de la Renta.

Declaración de la Renta. / EFE

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Pedro P.

Vuelve la declaración de la renta. Desde el próximo 11 de abril se podrán presentar por Internet las declaraciones de IRPF y de Patrimonio correspondientes al ejercicio de 2022, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. La campaña de la Renta se prolongará después de manera ordinaria entre el 1 y el 30 de junio, cuando se podrá realizar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria, y desde el 5 de mayo hasta el último día de junio la declaración también se podrá presentar por teléfono. El plazo finaliza el 27 de junio.

Novedades

Una de las novedades que ofrece esta campaña es que la aportación individual máxima de los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF pasa a 1.500 euros anuales. Las aportaciones máximas por parte de las empresas con derecho a deducción aumentan a 8.500 euros. También varían las deducciones por maternidad. En este ejercicio, las madres de niños menores de tres años que reciben prestación pueden aplicar la correspondiente deducción por maternidad en su declaración.

Rebaja del IRPF

Además, en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 se aprobó, por un lado, la rebaja del IRPF para rentas de hasta 21.000 euros, el aumento del mínimo exento del impuesto hasta los 15.000 euros y el incremento del gravamen de las rentas del ahorro a partir de 200.000 euros. Pero estas medidas tendrán efecto en la declaración de la renta del próximo año.

Cambios en las escalas del gravamen

Lo que sí tendrán efecto son los cambios de las escalas del gravamen del IRPF aprobadas para este año para paliar la escalada de la inflación. También se ha creado el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas para gravar mediante una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a tres millones de euros.

El primer paso para presentar el borrador de forma telemática será acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la que se habilitará un apartado específico Renta 2022 para la elaboración de la declaración. Una vez dentro del portal, debemos seleccionar la opción Tramitación del borrador/declaración. El apartado de ‘Renta Web’ es el servicio de ayuda que pone a disposición Hacienda para el trámite y presentación de la declaración.

Para poder acceder al servicio de presentación de la declaración será necesario disponer de uno de los siguientes sistemas de identificación: Cl@ve PIN o el número de referencia introduciendo el DNI o NIE, o bien a través del certificado o DNI electrónico.

Si es la primera vez que se accede a los servicios de la Agencia Tributaria para la tramitación de la declaración, se deberán confirmar los datos correspondientes al domicilio fiscal.

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Una vez hecho esto, hay que entrar en la opción ‘borrador/declaración’ y cumplimentar con todos los datos correspondientes sobre la situación personal y familiar, si es individual o conjunta y los que sean necesarios sobre los ingresos y el patrimonio. Si la Agencia Tributaria requiere más datos, la persona declarante recibirá un aviso en su pantalla.

Si en su lugar, prefiere ser atendido por la Agencia Tributaria, puede hacerlo, tanto por teléfono como presencialmente. Para ello, se deberá pedir cita a través de Internet o en los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 / 91 553 00 71 / 901 22 33 44.