PENSIONES

Los trabajadores que no pueden jubilarse antes de los 66 años

Si las cotizaciones que has aportado a la Seguridad Social durante tu vida laboral son bajas, tienes todas las papeletas para no poder jubilarte antes de la edad que está establecida por ley

Trabajadores de la planta automovilística de Stellantis en Figueruelas.

Trabajadores de la planta automovilística de Stellantis en Figueruelas.

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EPE

Si estás pensando en cuando jubilarte, ten en cuenta que, dependiendo de los años que hayas cotizado, no podrás hacerlo de forma anticipada y por ello deberás trabajar hasta los 66 años, no podrás adelantar tu retiro entre dos y cuatro años. Si las cotizaciones que has aportado a la Seguridad Social durante tu vida laboral son bajas, tienes todas las papeletas para no poder jubilarte antes de la edad que está establecida por ley. Si has cotizado menos de 37 años y seis meses, tendrás que esperar hasta los 66 años y dos meses (edad ordinaria de jubilación en 2022), aunque esa cifra bajará hasta los 65 si se consigue esa cotización.

Las personas que no puedan adelantar su jubilación tendrán que esperar hasta la edad ordinaria para retirarse profesionalmente con su prensión contributiva: las que acrediten una cotización de menos de 33 años. La razón para esto son los requisitos de la cotización de jubilación anticipada e involuntaria: exigen 35 y 33 años de cotización, respectivamente. Por eso, si a pesar de cumplir con el resto de requisitos no se llega a esos años cotizados, tendrán que esperarse a los 66 años y dos meses, edad de jubilación ordinaria de las personas que tienen menos de 37 años y seis meses cotizados.

Esas personas deberán esperar algo más de tiempo para jubilarse, ya que la edad ordinaria aumenta en 2023 y pasa a ser de 66 años y cuatro mese en el caso de que no se acrediten 37 años y nueve meses de cotización.

Cuantía de la pensión

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Para conocer cuánto cobrarás de pensión si no puedes jubilarte de forma anticipada, tienes que consultar cómo se hace el cálculo en función de las normas de la Seguridad Social, que también se aplica al resto de trabajadores. La Seguridad Social tiene en cuenta las bases de cotización de los 25 años previos a la jubilación (300 meses): las suma y divide entre 350. Antes de esa división se aplica un coeficiente a las bases, excepto las de los dos últimos años, para reflejar el efecto de la inflación.

Con una cotización de 15 años tendrás derecho al 50% de la base reguladora o la cuantía mínima de la pensión. Por cada uno de los siguientes 106 que se haya cotizado se concede un 0,21% de la base reguladora y por cada uno de los 146 meses se concede un 0,19% extra de la base reguladora.