DECLARACIÓN DE LA RENTA

Estas son las deducciones en la Declaración de la Renta a las que se pueden acoger los valencianos

La campaña de la Declaración de la Renta este año cuenta con muchas novedades sobre las deducciones

Varias personas son atendidas presencialmente para elaborar el borrador de la renta, en una imagen de archivo. EFE/Emilio Naranjo

Varias personas son atendidas presencialmente para elaborar el borrador de la renta, en una imagen de archivo. EFE/Emilio Naranjo

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Este año, la campaña presenta novedades respecto al ejercicio anterior: nuevos tramos de IRPF sobre las mayores cuantías económicas, deducciones por obras de eficiencia energética y la obligatoriedad de declarar las criptomonedas.

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La Declaración de la Renta es un proceso que puede resultar tedioso o complicado, por eso, hay que estar atentos a las novedades que presenta la campaña, así como de los errores más típicos que pueden ocasionar sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

Comunidad Valenciana

Todos aquellos cuyo domicilio fiscal se encuentre en la Comunidad Valenciana pueden acogerse a las siguientes deducciones:

  • Deducción por conciliación del trabajo con la vida familiar: Las contribuyentes empadronadas en la Comunidad Valenciana se pueden deducir 418€ al hacer la declaración de la renta de 2021. Para ello, sus hijos tienen que ser mayores de tres años y menores de cinco años, las valencianas se pueden acoger a esta deducción cada año mientras su hijo o hijos tengan esa edad. Además hay que tener en cuenta:

  • Esta deducción es solamente aplicable para madres o mujeres acogedoras.

  • La contribuyente debe ser trabajadora. No importa si es por cuenta propia o por cuenta ajena.

  • Que la suma de las bases liquidables no sea superior a 25.000€ en la renta individual ni superior a 40.000€ en la renta conjunta.

  • Ascendientes mayores de 75 o mayores de 65 con discapacidad: Otra de las deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana para la Renta 2021 es que los valencianos se pueden deducir 179€ por cada ascendiente que tengan a su cargo, siempre que sea mayor de 75 años o bien mayor de 65 con una discapacidad. En este caso, la discapacidad tiene que ser del 65% (o más) si es física o sensorial y del 33% (o más) si es psíquica. Esta deducción tiene otra serie de requisitos:

  • Haber convivido un mínimo de 183 días en 2021 (que es medio año) con estas personas mayores o discapacitadas.

  • En el caso de no convivir con los mayores, los valencianos deben tener a estas personas a cargo y deben residir en un centro especializado.

  • En el caso de que haya más de un contribuyente que tiene derecho a esta deducción, la cantidad a deducir se divide.

  • Deducción por alquiler de la vivienda porque trabajas en un municipio que no es el tuyo: Los valencianos se pueden deducir un 10% de lo que pagado en 2021 por ese alquiler, con un límite de 204€. Aunque esta deducción tiene una serie de condiciones:

  • El alquiler de la vivienda debe haber ocurrido por un cambio de trabajo a otro municipio, ya sea como empleado o autónomo.

  • En el caso de estar casado en régimen de gananciales, independientemente de quien esté como titular del contrato de alquiler, la cantidad de la deducción se divide entre las dos partes de la pareja.

  • La deducción será proporcional al tiempo en el que el contribuyente estuviera pagando de alquiler.

  • La vivienda alquilada tiene que estar en la Comunidad Valenciana y a más de 100km de la anterior vivienda.

  • El alquiler debe ser abonado por el contribuyente y no su empresa.

  • Deducción por donaciones de bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano: En este caso, los valencianos se podrán deducir el 25% del valor del bien que hayan donado. Los bienes materiales que dones tienen que estar inscritos en el Inventario General del Patrimoni Cultural Valencià. La donación se debe haber hecho a alguna entidad sin ánimo de lucro que esté inscrita en el registro oficial de la Comunidad Valenciana. Aunque también se puede hacer la donación a la Generalitat valenciana o a organismos públicos, entidades locales, universidades públicas y privadas (y organismos que dependen de ellas), además de institutos y centros de investigación de la Comunidad o centros superiores de enseñanzas artísticas.